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Economía

Cuide su bolsillo: las 5 modalidades más usadas en fraudes y estafas

La Superintendencia Financiera de Colombia recomienda a los ciudadanos no ceder a este tipo de ofertas, ya que el dinero puede verse en riesgo.

¿Le propusieron un negocio que lo ha ilusionado para mejorar su vida financiera o lograr altas ganancias? Tenga mucho cuidado, ya que podría ser víctima de un engaño.

Las diferentes modalidades de fraudes y estafas están a la orden del día, pirámides, reparadoras de créditos, falsos prestamistas, inversiones en criptoactivos y captación ilegal, son usadas por quienes se aprovechan de la confianza de los ciudadanos.

“Las personas deben analizar de dónde provienen las supuestas ganancias que les prometen, pues de los aportes que otros hicieron, es como meter la mano al bolsillo de otros”, manifestó José Camilo Torres, director de control del ejercicio ilegal de Actividad Financiera de la Superintendencia Financiera de Colombia.

Agregó que “la persona al participar, promover o administrar esquemas de captación ilegal o pirámides, puede quedar incurso en un proceso penal, es decir, ser responsable ante las autoridades por un delito”.

El funcionario explicó que estos esquemas ilegales les dicen a las personas que estas inversiones son seguras, donde hablan de solidaridad, regalos y hasta de donaciones para que la víctima entregue sus recursos e invite a que otros hagan lo mismo.

“Esa ilusión de unas ganancias exorbitantes llevan a las personas a perder sus recursos e incluso quedar involucradas en un delito”, indicó a EL HERALDO.

Ante estas prácticas, la Superintendencia Financiera de Colombia y la Superintendencia de Sociedades realizan las jornadas “Me informo y cuido mi dinero”, enfocadas en la prevención y educación financiera.

La Superfinanciera recomienda que bajo ningún argumento se entregue, deposite, gire, o transfiera dinero como requisito para que le desembolsen un crédito y menos si se hace a favor de personas naturales.

Aconsejan evitar ingresar a enlaces recibidos mediante correos electrónicos, mensajes de texto o redes sociales en los que se solicita información personal y financiera.

¿Qué son los falsos prestamistas y cómo operan?

Aprovechando la necesidad del solicitante, el falso prestamista ofrece otorgar un crédito que en realidad no se va a desembolsar, para apropiarse de sus recursos mediante el cobro de sumas de dinero que se le exigen como requisito previo al desembolso, con argumentos como pago de seguros y estudios de crédito, etc.

Una de las características de estos falsos prestamistas es que le aseguran prestarle dinero, aunque el solicitante esté reportado negativamente en las centrales de información (Central de Riesgos).

Pueden asegurar que no se necesita codeudor, avalista, hipoteca u otra garantía para obtener el crédito. No cuentan con una sede física real. Generalmente contactan de manera virtual. Los datos de domicilio que anuncian siempre han resultado falsos.

Siempre aprueban el monto solicitado y exigen que deposite o pague una suma como garantía. Pueden pedir dinero más de una vez por diversos conceptos y que, en caso de no hacerlo, pueden perder la suma inicial entregada.

Promocionan sus servicios en sitios públicos con gran afluencia de personas mediante la distribución de volantes.

Además, solicitan enviar prueba de ingresos, firma de pagarés, fotocopia de cédula u otros, para dar la impresión de seguridad de que se analiza al solicitante como sujeto de crédito.

Se anuncian falsamente como entidades vigiladas por la Superfinanciera en sus avisos o en la documentación que entregan a los clientes. También justifican las sumas cobradas argumentando que son requisitos exigidos por la Superfinanciera.

Agentes “reparadoras de crédito”

Algunas personas naturales o jurídicas prometen negociar o reestructurar las deudas de los ciudadanos, retirar su información negativa de centrales riesgo u otro tipo de beneficios con pocas posibilidades de cumplimiento (reducción de tasas o montos, o cambio en las condiciones para acceder a un crédito, frenar procesos de cobro jurídico o de embargo, entre otros).

En estos casos, supuestos agentes de empresas que se presentan como “reparadoras de crédito” exigen el pago de una suma de dinero a las personas interesadas en este ofrecimiento, asegurando obtener el 100 % de las promesas presentadas y pasando por alto que su obtención dependerá de la entidad crediticia. En algunos casos el negociador desaparece con los recursos recaudados a título de honorarios o comisión.

Para dar una apariencia de legalidad, estas personas se valen de nombres de funcionarios y papelería falsa inclusive de la propia Superfinanciera.

“El único que puede dar solución confiable y segura a los préstamos en mora es el titular de los mismos, acercándose a la respectiva entidad vigilada por la Superfinanciera”, dijo José Camilo Torres, director de control del ejercicio ilegal de la Superfinanciera.

Esquema piramidal: la expectativa de altos rendimientos

El esquema piramidal se configura cuando se captan recursos bajo la promesa o expectativa de reconocer altos rendimientos, siempre que el participante cumpla con el requisito de pagar el monto establecido y vincular bajo su esquema, a otras personas que igualmente entreguen los recursos con el compromiso de afiliar a terceros que así sucesivamente permitan el crecimiento de la estructura.

En este esquema, los dineros con los que se paga a los primeros participantes o a quienes se encuentran en los niveles más altos, provienen únicamente de los recursos que entregan los terceros que se van afiliando en la base de la pirámide.

“El captador siempre requerirá para cumplir con los compromisos de pago los recursos que entregan los nuevos participantes y tiene muy claro que el dinero no proviene de supuestos “rendimientos” ni “ganancias” derivados de una actividad legal, sino de los aportes que hacen los otros vinculados al esquema, lo cual no es sostenible en el tiempo por cuanto no es infinita la adhesión de participantes; tarde o temprano el esquema piramidal colapsará”, explicó José Camilo Torres.

Señaló que “los captadores recurren a nombres sugestivos como “emprendedores”, “club de inversión”, “telares”, “mandalas”, entre muchos otros, y se promocionan en volantes, páginas web o grupos de conversación a través de aplicaciones móviles o redes sociales”.

Criptomonedas o “monedas virtuales” o “criptoactivos”

La Superfinanciera sostiene que en Colombia, las denominadas “monedas virtuales”, “criptomonedas” o “criptoactivos” carecen de regulación, incluyendo una definición legal.

“Los criptoactivos generalmente no se encuentran respaldados por activos físicos ni por un banco central, por lo que el valor de intercambio de éstos podría reducirse drásticamente e incluso llegar a cero”, resaltó José Camilo Torres, director de control del ejercicio ilegal de la Superfinanciera.

Agregó que “ninguna de las plataformas transaccionales, ni comercializadores de las “monedas virtuales” se encuentran reguladas por la ley colombiana. Por lo anterior, las plataformas que operan en el país pueden no contar con estándares o procesos seguros y de mitigación de riesgos”.

“Los compradores o vendedores de criptomonedas se exponen a riesgos operativos, principalmente a que las billeteras digitales sean robadas (hackeadas), tal como ya ha ocurrido; y a que las transacciones no autorizadas o incorrectas no puedan ser reversadas”, explicó Torres.

Colombia avanza en un proceso para reglamentar las inversiones en criptoactivos, después que la Superfinanciera en coordinación con otras entidades estatales, realizara un piloto de un año con plataformas de criptoactivos y entidades financieras, el cual arrojó resultados positivos.

Captación de recursos: ¿Qué es lo legal e ilegal?

La captación de recursos es el recaudo masivo de dinero sin prever como contraprestación un bien o servicio, a quienes lo entregan a título de crédito o para que sea custodiado durante determinado tiempo y lo devuelva con o sin rentabilidad, según su promesa. 

La ley fija límites a la captación de recursos, de tal manera que ésta puede ser adelantada en forma masiva únicamente por las entidades autorizadas por el Estado, a través de la Superfinanciera o de la Superintendencia de la Economía Solidaria, según la naturaleza de la actividad que desarrollen.

Por tanto, la captación es ilegal cuando la realizan personas no autorizadas por la Superfinanciera o la Superintendencia de la Economía Solidaria.

“Las personas que eligen entregar su dinero a captadores ilegales corren un alto riesgo de perderlo. Vincular o promover la adhesión de otras personas a un negocio o esquema diseñado para recibir dineros sin estar autorizado para el efecto, también conlleva responsabilidades ante las autoridades administrativas y penales”, afirmó la Superfinanciera.

La captación ilegal se caracteriza por las exorbitantes ganancias prometidas y el anuncio de que el negocio carece de riesgo o que éste es mínimo. Los dineros así obtenidos se constituyen pasivos u obligaciones para quien se compromete a reconocerlas.

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