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El Gobierno nacional abrió la posibilidad de que los entes territoriales puedan asumir, si así lo consideran, el pago ya sea total o parcial de los servicios públicos de energía eléctrica y gas de los usuarios residenciales en su jurisdicción.

Al tomar esta decisión las alcadías y gobernaciones deberán girar de manera oportuna los recursos correspondientes a las empresas comercializadoras de los servicios.

Esta medida hace parte del Decreto 517 del Ministerio de Minas y Energía que establece el pago diferido y financiación de los servicios públicos de energía y gas para los usuarios residenciales de estratos 1 y 2 del país.

Es así como las empresas comercializadoras de los mencionados servicios podrán diferir hasta por 36 meses el costo del consumo básico que no sea subsidiado a los usuarios de los estratos 1 y 2, sin trasladar al usuario final intereses o cobros por el diferido. 

El esquema estará vigente durantre el Estado de Emergencia Económica declarado por el Gobierno nacional frente al coronavirus.

El Decreto también contempla la realización de aportes voluntarios por parte de los usuarios de los estratos 4, 5 y 6, comerciales e industriales, los cuales estarán dirigidos a aliviar el pago de los usuarios de menos recursos, los cuales serán seleccionados por el Ministerio de Minas y Energía.

Las empresas de servicios incluirán en la factura un valor sugerido como aporte voluntario, bajo el concepto 'comparto mi energía'. Los recursos recaudados irán a un Fondo de Solidaridad para Subsidios y Redistribución del Minminas.