El Heraldo
Colombia

Tribunal de Cundinamarca anuló fallo que frenó cambio a Ley de Garantías

El Tribunal Administrativo recordó que debe ser el Consejo de Estado quien resuelva las tutelas contra el presidente de la República.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló el fallo que frenaba los cambios a la Ley de Garantías Electorales, tras la impugnación interpuesta por el Senado, la Cámara y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Andje.

El director del Departamento Administrativo de la Presidencia pidió anular la decisión argumentando que la sentencia de tutela de primera instancia le daba órdenes al presidente de la República, sin haber sido notificado ni vinculado al proceso.

Declaró por ello la decisión "la nulidad de todo lo actuado desde el auto admisorio de la acción de tutela".

Ordenando además el tribunal "la remisión inmediata del expediente al Consejo de Estado, ya que de la revisión y estudio del proceso allegado por correo electrónico se comprueba que en el asunto no se vinculó al señor presidente de la República, Iván Duque Márquez".

La sección primera del Tribunal de Cundinamarca reversó de esta manera el fallo de la tutela instaurada por Miguel Ángel Bravo Gutiérrez contra el Senado y la Cámara, en la que invocaba los derechos fundamentales a la igualdad, el debido proceso y la libertad.

El Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá le había dado la razón y le había ordenado al presidente y a las entidades territoriales abstenerse de aplicar la modificación a la Ley de Garantías.

Pero el tribunal cuestionó que "se han vulnerado los derechos fundamentales de la parte pasiva de la acción, siendo necesario declarar la nulidad de todo lo actuado desde el auto admisorio de la acción ya que el señor presidente de la República tiene interés en las resultas del proceso, debiendo ser vinculado para que ejerza su derecho fundamental a la defensa".

Así mismo, resolvió enviar el expediente a la alta corte de lo contencioso administrativo ya que, como reza un decreto expedido este año por la Presidencia, todas las tutelas dirigidas contra las actuaciones del jefe de Estado deben ser resueltas por el Consejo de Estado.

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