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Colombia

Gobierno da vía libre a privados para la compra de vacunas

A través de la Resolución 507, las empresas podrán iniciar desde este miércoles  las negociaciones con las farmacéuticas. Dosis no serán vendidas.

El Gobierno nacional, en cabeza del presidente Iván Duque y el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz, autorizó y socializó este martes la resolución 507 mediante la cual se autoriza que empresas privadas puedan adquirir vacunas contra la covid-19 en el país.

“Privados en Colombia podrán adquirir la vacunas que tengan la autorización del Invima para uso de emergencia, las vacunas no podrán ser vendidas, serán de aplicación gratuita y tendrán que ser en consonancia y en concordancia con el Plan Nacional de Vacunación”, anunció el presidente Duque.

El mandatario agregó que “este proceso deberá soportarse en una logística que esté debidamente presentada en términos de refrigeración y aplicación y está no podrá distraer recursos humanos que estén en el plan nacional de vacunación que es generalizado para toda la población”.

Lo que quiere decir que  “se tendrá que fortalecer el recurso humano adicional con el cual se contará para la aplicación de esas vacunas y que no choque con el personal que está adelantando el plan nacional en conformidad con los principios de equidad”.

Duque mencionó también que la adquisición de estos inmunológicos por parte de los privados solo podrá hacerse “a través de la casa matriz de la farmacéutica o de distribuidores autorizados por parte del Invima”.

Asimismo, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, ahondó en la explicación de dicha resolución.

“Esta resolución 507 es muy importante en la medida que responde a todo un hábito de discusión y concertación para llegar a este esquema regulatorio que posibilita la entrada del sector privado en la participación del plan nacional de vacunación, enfatizando en que es un proceso de complementación”, dijo Ruiz.

El ministro explicó también que “cualquier modificación debe ser solicitada ante el Invima, en caso que se deseen incluir importadores diferentes a los que ya tienen la titularidad en el país. Es importante que se aclare que los privados deben asumir los costos de la vacuna y su importación”.

En lo referente a la aplicación del fármaco, Ruiz mencionó que “se debe realizar en una entidad de salud habilitada y autorizada para el servicio de vacunación”.

Agregó que “pueden aplicar la vacuna en personas naturales que tengan vínculo con la empresa o entidad y no pueden excluir a nadie de ese plan de vacunación. Deben incluir a todo el personal de la organización para garantizar la equidad”.

De igual forma, recomendó que “los departamentos y distritos del país pueden ejercer control y vigilancia para el proceso que adelanten los privados”.

Asimismo, dijo que desde este miércoles se puede iniciar el proceso de negociación desde los privados, pero la aplicación se podrá hacer únicamente después de que el Gobierno nacional haya terminado la vacunación del personal priorizado en la etapa 3.

“Será el ministerio el encargado de definir el momento específico de iniciación”, puntualizó Ruiz.

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