
Lo que dicen abogados sobre la condena de ‘Epa Colombia’
El Tribunal Superior de Bogotá le impuso una condena de 63 meses y 15 días de cárcel para la influeciadora.
Este jueves, el Tribunal Superior de Bogotá, en segunda instancia, confirmó la condena de 63 meses y 15 días de cárcel para Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia por el delito de instigación a delinquir con fines terroristas.
A la condena fue agregada la inhabilitación para el ejercicio del oficio de influencer o youtuber y una multa de 492 salarios mínimos.
De igual manera, el Tribunal Superior no concedió la suspensión de la ejecución de la pena como sustituida de la pena privativa de la libertad, por lo tanto, no tendrá prisión domiciliaria. Lo anterior debido a que la influenciadora se grabara en noviembre de 2019 destruyendo las estaciones de Transmilenio, en Bogotá.
Usuarios a través de las redes sociales han manifestado que la condena “fue injusta” y “exagerada”. También critican a la política criminal de Colombia.
Ante esto, EL HERALDO dialogó con dos abogados sobre la situación legal de ‘Epa Colombia’.
El abogado penalista Álvaro López considera que la pena impuesta fue “desproporcionada” y que “si le marcan la conducta teniendo en cuenta el vandalismo la pena no superaría los 36 meses”.
Con respecto a la imputación que el Tribunal realizó sobre el delito de instigación a delinquir con fines terroristas, López manifestó que el representante de Barrera puede llevar el caso a la Corte para que esta imputación sea retirada y su condena podría disminuir.
“La imputación jurídica de terrorismo puede caer con su propio peso porque las acciones que ella realizó no pueden relacionarse a actos terroristas”, dijo.
Además de esto, el jurista expresó que si anteriormente ‘Epa Colombia’ ya pagó una multa significa que “está acatando el ordenamiento jurídico”.
Por su lado, el abogado Alexis Amor no ignora los actos delictivos realizados por Daneidy, sin embargo considera que ha cambiado su comportamiento.
“No auspicio la actitud de la joven pero la pena en comparación con los delitos que han cometido otras personas, es exagerada. Ella cumplió con el deber como ciudadana de admitir lo que hizo, pidió perdón, se comprometió a mejorar la conducta y cambió su comportamiento”, aseguró.
“La pena que dictó el tribunal fue excesiva, sobre todo porque para hacerlo se sujetaron a encadenar la actitud de ella como terrorista. El accionar de ella fue de vandalismo. Entre vandalismo y terrorismo hay una gran diferencia”, concluyó.