El Heraldo
Salvatore Mancuso. Archivo
Colombia

Corte admite tutela de víctimas de Mancuso

El alto tribunal pidió a la Cancillería y al Ministerio de Justicia explicar el trámite de deportación a Italia.

La Corte Suprema de Justicia admitió para su estudio el pasado martes una acción de tutela interpuesta por víctimas del exjefe de las AUC, Salvatore Mancuso, que piden que el desmovilizado no sea deportado a Italia.

Martina Rodríguez, hermana de Antonio Rodríguez, pastor evangélico de Chibolo, Magdalena, víctima de los paramilitares, advierte que el recurso lo interpone "ante el inminente riesgo que representa para los derechos de las víctimas a obtener verdad, justicia y reparación, a la tutela judicial, a un recurso judicial efectivo y al debido proceso".

Por ello, señala que "se hace impostergable que la Corte Suprema de Justicia ordene a las autoridades demandadas en el término perentorio de cuatro horas, contadas a partir de la comunicación de la orden provisional, adelantar de manera coordinada, ante las autoridades de los Estados Unidos, todas las gestiones, pertinentes, necesarias y eficaces, para detener y lograr la extradición a nuestro país del exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez".

Esto para que las autoridades norteamericanas "garanticen que uno de los máximos responsables de los crímenes de lesa humanidad y de guerra comparezca y responda ante las víctimas colombianas"

La ponencia de la acción constitucional quedó en manos del magistrado Gerson Chaverra, quien pidió al cónsul de Colombia en Atlanta que le informe al exjefe paramilitar, detenido en la cárcel Irwin Country, que cursa este trámite en su contra y solicitó a la Cancillería y al Ministerio de Justicia informar sobre el proceso de deportación a Italia.

También tendrán que dar las explicaciones del caso la Fiscalía, el Tribunal Superior de Justicia y Paz de Barranquilla, el Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena, instancias en que se llevan casos contra Mancuso.

En la resolución del máximo tribunal de la justicia ordinaria se negó la medida cautelar solicitada de ordenar a los Estados Unidos el traslado del ex-AUC a Colombia ya que un recurso de amparo no tiene alcances de este tipo frente a un Estado extranjero.

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