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La Procuraduría sancionó con destitución e inhabilidad hasta de 14 años a tres exsecretarios del Distrito de Cartagena que en 2014 tuvieron a su cargo dos contratos escolares y uno de malla vial, que sumaban $168 mil millones, y en los que, por ejemplo, se exigía a los oferentes tener el servicio de 'detectives' para supuestamente abordar problemas de pandillismo en algunas escuelas públicas de la capital bolivarense.

EL HERALDO conoció el fallo de primera instancia de la Procuraduría, de 107 páginas y fechado el 9 de diciembre pasado, contra el exsecretario general de la Alcaldía de Cartagena, Carlos Coronado, sancionado con destitución e inhabilidad de 12 años; la exsecretaria de Educación, Clara Sagre, sancionada por 14 años y el exsecretario de Infraestructura, Ramón León Hernández, por 12 años.

Todo arrancó cuando el 22 de julio de 2015 llegó al Ministerio Público una denuncia de la Cámara Colombiana de la Infraestructura y otra de los veedores Héctor Pérez y Moisés Ariza, sobre los hechos ocurridos durante la vigencia de 2014 en la contratación del Distrito.

El procurador provincial de Cartagena, Guidobaldo Flórez, describe en su providencia que la Cámara Colombiana de la Infraestructura denunció los procesos de selección No 001-2014-SED sobre ‘Diseños, ajuste de diseños, construcción, reposición y adecuación de las instituciones educativas oficiales del Distrito de Cartagena’, con un presupuesto de $57.616 millones y LP-001-Infra-2014 sobre ‘Construcción, rehabilitación y mantenimiento de la malla vial urbana en el Distrito de Cartagena’, con un presupuesto de $80 mil millones.

Y los veedores denunciaron la licitación SED-UAC-026-2014, que tenía por objeto la ‘Prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada en las instalaciones de las instituciones educativas oficiales y las dependencias administrativas del Distrito’, con un presupuesto de $31.352 millones.

De acuerdo con el procurador cartagenero, esta última queja se interpuso 'aludiendo la existencia de posibles falencias en los estudios previos y los pliegos de condiciones, que habría ocasionado que tan solo se presentara un único oferente al que finalmente se le habría adjudicado el contrato'.

En el fallo del ente de control disciplinario se da cuenta de que las denuncias tenían la razón y se pone de presente que, en las tres contrataciones, hubo condiciones absurdas para, según el Ministerio Público, 'afectar el desarrollo del proceso licitatorio'.

Es el caso por ejemplo de la exigencia de detectives en el contrato de vigilancia de los colegios: 'Se ha establecido que la entidad solicitó a cada una de las entidades interesadas en participar que debían estar inscritas hasta el tercer nivel. Se verifica que efectivamente se les solicitó la prestación del servicio de detectives, requerimiento que como se ha insistido a lo largo de la presente providencia carece de una clara relación con los servicios contratados y, además, la entidad no consignó en los estudios previos la justificación de la inclusión de dicho criterio', se lee.

Y agrega la Procuraduría al respecto que 'las circunstancias de toxicomanía, pandillismos, microtráfico y demás flagelos que atacan a la población estudiantil, no son justificante para solicitar labores de detectives en una empresa de vigilancia y seguridad privada'.

Pero esa no fue la única anomalía que encontró el ente de control.

En las resoluciones sobre el exsecretario de Infraestructura concluyó el despacho que 'no se pudo desvirtuar su participación en la etapa precontractual de la licitación pública N° LP001-Infra-2014, en donde se incluyeron en el pliego de condiciones la necesidad de acreditar como experiencia la celebración de un contrato iniciado y celebrado dentro de los últimos 10 años y la decisión de asignar puntaje a la experiencia adicional del personaI requerido dentro del ítem de factor técnico, medidas que no se soportaron técnicamente en los estudios previos y en consecuencia limitaron la libre participación de oferentes dentro del proceso licitatorio'.

También, frente a la exsecretaria de Educación, advierte el Ministerio Público que el acervo probatorio permite demostrar su participación en la etapa precontractual de la licitación pública N° 001-2014-SED, 'donde se establecieron unas disposiciones subjetivas que limitaron la participación de oferentes, contrariando los principios de la contratación pública en especial lo normado por el artículo 24 de la ley 80 de 1993, que obliga a redactar unos pliegos de condiciones con reglas objetivas, claras y justas'.

Y contra el exsecretario general de la Alcaldía de Cartagena, el procurador de la capital bolivarense le puso de presente en la decisión: 'Usted, (…) suscribiendo los estudios previos y los modificatorios, los estudios del sector, las respuestas a las observaciones del proyecto de pliego, y las respuestas a las observaciones a los pliegos definitivos, presuntamente incurrió en falta disciplinaria al participar en la etapa precontractual de la licitación N° SED-UAC-026-2014, desconociendo posiblemente los principios de la contratación pública al participar en la inclusión de condiciones restrictivas a la libre concurrencia de oferentes, pese a que en las diferentes oportunidades concedidas para tal fin múltiples interesados presentaron sus observaciones tendientes a corregir las situaciones denunciadas'.