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Ante la cercanía de las celebraciones de Halloween, la Alcaldía de Bogotá anunció nuevas restricciones para motociclistas con el fin de preservar la seguridad vial y el orden público. A través del Decreto Distrital 528 de 2025, se estableció la prohibición del parrillero en moto durante cinco días, entre el 30 de octubre y el 3 de noviembre.

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Según la Secretaría de Movilidad, la decisión responde al incremento de accidentes y hechos de violencia registrados en años anteriores durante las denominadas rodadas de Halloween o rodadas del terror.

“Bogotá toma medidas transitorias y preventivas para proteger la vida, garantizar la seguridad vial y preservar el orden público durante este fin de semana de Halloween”, señaló la entidad.

Aumento de siniestros y delitos

De acuerdo con datos del Distrito, entre 2022 y 2024 se reportaron 16 víctimas fatales durante los fines de semana de Halloween, de las cuales ocho de cada diez fueron motociclistas.

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Las autoridades también advirtieron que, en estas fechas, los homicidios cometidos por personas que se movilizaban en moto aumentaron un 21%, mientras que los hurtos a personas crecieron un 4%, lo que evidencia un patrón de riesgo tanto en movilidad como en seguridad ciudadana.

Prohibición nocturna en principales avenidas

La restricción incluye la prohibición total de circulación de motocicletas entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. en los días señalados. Las vías donde se aplicará la medida son:

  • Autopista Norte y Autopista Sur
  • Avenidas NQS, Boyacá, Ciudad de Cali, Las Américas y Suba
  • Calles 26, 53, 63, 80 y 13 (Avenida Centenario)
  • Carreras Séptima, 60, 68 y Avenida Circunvalar
  • Avenidas Primero de Mayo, Villavicencio, Guayacanes y Esperanza

Para garantizar el cumplimiento, la Policía Metropolitana de Bogotá desplegará 2.000 uniformados y 180 unidades de apoyo entre agentes civiles y de tránsito. Además, se instalarán 15 puestos de control en puntos estratégicos.

Multas y excepciones

Los motociclistas que incumplan la restricción enfrentarán la infracción C14 del Código Nacional de Tránsito, que sanciona circular por sitios u horarios prohibidos. La multa equivale a $604.100, y la moto podrá ser inmovilizada.

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Quedan exceptuadas las motocicletas de fuerza pública, organismos de emergencia y socorro, seguridad privada, aseguradoras, transporte de personas con discapacidad y servicios de mensajería o domicilios que cuenten con logos visibles. También se excluyen los vehículos asociados al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP).