El ministro designado de Justicia y del Derecho, Eduardo Montealegre Lynett, respaldó este martes la decisión del presidente Gustavo Petro de declarar la excepción de inconstitucionalidad frente al concepto desfavorable emitido por el Congreso sobre la consulta popular propuesta por el Gobierno.
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En rueda de prensa, Montealegre detalló una serie de irregularidades que, según afirmó, comprometen la validez de la votación realizada por el Senado el pasado 14 de mayo, en la que se negó avalar la convocatoria al mecanismo de participación ciudadana. A raíz de estos vicios de procedimiento, el Ejecutivo expidió un decreto que permite convocar directamente la consulta.

Entre las anomalías señaladas por el ministro designado figura la omisión en la lectura de la proposición antes de someterla a votación, contraviniendo normas expresas de la Ley 5ª de 1992.
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“El Senado de la República votó una proposición sin que su texto fuera leído en ningún momento (...) Esta omisión impidió que los senadores conocieran con certeza el contenido de la proposición sometida a votación”, afirmó Montealegre, quien consideró que esto vulnera principios esenciales del debate democrático como la publicidad, la legalidad y el debido proceso parlamentario.
También cuestionó el cierre anticipado e injustificado de la votación por parte del presidente del Senado, que ocurrió apenas 2 minutos y 54 segundos después de iniciada. De acuerdo con el comunicado oficial, dicha decisión impidió que varios congresistas pudieran ejercer su derecho al voto, lo cual afectó la legitimidad del resultado: “Esta actuación transgredió los principios de razonabilidad, legalidad y debido proceso”, precisó.
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Otro punto crítico mencionado por Montealegre fue la modificación del voto del senador Edgar Díaz Contreras tras el cierre del proceso. Según el Ministerio, esa alteración fue determinante, ya que de mantenerse el voto original, el resultado habría sido un empate (48 a 48), situación que obliga, por reglamento, a repetir la votación.

Minjusticia designado también denunció una discrepancia entre el número de senadores presentes (97) y los votos registrados (96), hecho que por ley debe conllevar la anulación y repetición del sufragio. A esto se suma que no se tramitó una apelación presentada verbalmente por la senadora María José Pizarro contra el cierre del debate, lo que constituye otra violación al procedimiento.
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“La senadora María José Pizarro interpuso verbalmente recurso de apelación contra el cierre de la votación, pero el presidente del Senado omitió tramitarlo”, señaló Montealegre.
Con base en estos argumentos, el Gobierno consideró que el concepto negativo del Congreso no tiene validez jurídica y, por tanto, decidió aplicar la excepción de inconstitucionalidad, figura que permite a las autoridades abstenerse de aplicar actos contrarios a la Constitución.

