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Luego de que un estudiante de medicina diera a conocer un presunto caso de discriminación sucedido el pasado lunes, cuando según su versión no le fue permitido donar sangre en el laboratorio Hemocaribe 'solo por ser gay', el centro clínico cuestionado dijo que inició una investigación interna.

En un comunicado, el banco de sangre dio a conocer que, con la indagación de los hechos, busca 'esclarecerlos y tomar las acciones o correctivos pertinentes'.

Señala que el universitario '(…) respondió afirmativamente algunas preguntas (por lo) que el banco de sangre considera que su donación no cumple con los protocolos establecidos por el Instituto Nacional de Salud'.

Puntualiza que debido a estas respuestas 'al donante se le comunicó que su donación debía ser diferida, es decir, que no podía ser aceptada. La razón para tomar dicha decisión es que el ordenamiento jurídico y las normas técnicas para bancos de sangre catalogan las situaciones relacionadas por el donante como factores de riesgo de contagio de ciertas patologías. En ningún momento la decisión estuvo relacionada con la orientación sexual del donante'.

EL HERALDO buscó este viernes nuevamente un pronunciamiento de la directora del Departamento Administrativo Distrital de Salud, Adriana Meza, sin embargo, tras varias llamadas e intentos por contactarla, un vocero de la oficina de prensa dijo que 'no se va a referir al caso'.

Preparan tutela

En horas de la tarde de este viernes, según dio a conocer la Personería Distrital, se inició, de manera formal, el proceso para impetrar una acción de tutela contra Hemocaribe por el reconocimiento de los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

El joven denunciante, que ha pedido ser identificado solo como Juan David, dijo que se sintió 'discriminado y humillado', debido que considera que su orientación sexual habría sido el único argumento para rechazar su decisión de donar sangre.

En la sentencia T-248 de 2012 la Corte Constitucional, que amparó los derechos de un gay al que no le permitieron hacer una donación, señaló que 'estudios científicos han mostrado que una de las formas de transmisión de la enfermedad son las prácticas sexuales inseguras, y no la orientación sexual de las personas en sí misma'.

En el caso ocurrido en Bucaramanga, el fallo le ordenó al Laboratorio Clínico Higuera Escalante entutelado que le hiciera nuevamente una entrevista al donante 'dirigida a identificar factores de riesgo para la donación de sangre, sin tener en cuenta su orientación sexual'.

Es decir, según la jurisprudencia de la Corte, debe excluirse del cuestionario a un posible donante si este es o no homosexual.

Discrepancias con sentencia

Aunque en el comunicado el laboratorio clínico argumenta que 'es política de Hemocaribe, de acuerdo con lo señalado en la sentencia T-248, de 2012, hacer un proceso de selección de donantes que en lo posible no esté basado en la orientación sexual de los mismos', el planteamiento  difiere de lo esbozado por la Corte Constitucional en su jurisprudencia.

'La restricción de donar sangre a los hombres homosexuales constituye por tanto una medida que no es conducente para lograr identificar a los donantes que configuran un riesgo, ya que va dirigido, no a los comportamientos sexuales riesgosos que son los que realmente están expuestos a una transmisión de VIH, sino a una calidad íntima de la identidad del donante, que per se no identifica riesgo alguno', dice el fallo del tribunal constitucional.