
Ley del Montes |¡Epa, Colombia...!
La pena impuesta a Daneidy Barrera abrió de nuevo el debate sobre qué tan justa es la Justicia en Colombia.
La condena que una sala de decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá dictó en contra de Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, por los delitos de perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, daño en bien ajeno e instigación a delinquir con fines terroristas, generó una enorme polémica que puso de presente la idiosincrasia nacional en lo que tiene que ver con el concepto de “Justicia”.
En esta oportunidad, como sucede con mucha frecuencia cuando de asuntos judiciales se trata, las discusiones no son sobre las pruebas o la responsabilidad de Epa Colombia, pues el país entero la vio armada con un martillo destruyendo las instalaciones de una estación de Transmilenio en Bogotá y haciendo ostentación de ello en los videos que publica en la plataforma de YouTube, sino sobre su condición social.
En efecto, las críticas provienen de quienes ven a Epa Colombia como una persona “pobre” a quien le han aplicado una pena excesiva. Y dicho exceso lo miden con la aplicada a quienes –según los críticos– también cometieron graves delitos, pero tienen el privilegio de ser “ricos”.
Mientras a Epa Colombia la han condenado de forma implacable y sin piedad –sostienen los críticos– a los ricos les han sido impuestas penas mucho más bajas. Citan los casos del exministro Andrés Felipe Arias, el de Fernando Londoño Hoyos, el del exgobernador Alejandro Lyons y el del exsenador Eduardo Pulgar, entre otros.
Las tesis expuestas resultan no solo muy llamativas, pues responden a la percepción que cada colombiano tiene sobre lo que debe ser la Justicia, sino que además reflejan el grado de polarización del país.
En otras palabras, lo que ha quedado en evidencia con el debate es que cada colombiano considera que las decisiones son justas solo cuando lo favorecen. Todo lo demás es injusto, según este modo muy particular, exótico y peligroso de interpretar la Justicia.
El caso de Epa Colombia es emblemático porque se trata de hechos en los que todo el mundo está de acuerdo, están plenamente probados y son muy graves. Nadie –solo los anarquistas radicales– los justifican. Todos los demás colombianos los condenamos y consideramos que merecen una sanción drástica. Si ello es así, ¿entonces dónde está la controversia? El problema radica en que Daneidy Barrera, ‘Epa Colombia’, fue condenada por el Tribunal Superior de Bogotá a 63 meses de prisión y los críticos creen que dicho tribunal le adicionó el delito de “instigación a delinquir con fines terroristas”. Esa es la nuez de la polémica. Ahí radica buena parte de toda la controversia que se ha armado. ¿Quién tiene la razón? ¿Cómo debería dirimirse la controversia?
A Epa Colombia la Fiscalía la acusó por tres delitos: perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial, daño en bien ajeno agravado e instigación a delinquir con fines terroristas. Ella aceptó todos los delitos de forma libre y voluntaria y además asesorada por su abogado de confianza. No obstante, la juez de primera instancia la absolvió de uno de los cargos, precisamente el de instigación a delinquir con fines terroristas. Craso error, porque es un axioma del sistema penal acusatorio que si un procesado se allana a los cargos el juez no puede absolver. Si el juez –en este caso la jueza– encuentra que el cargo es equivocado, que no hay prueba o que el hecho no constituye ese delito, su única opción es anular, para no darle vía libre al allanamiento. No absolver.
Así las cosas, son injustas las críticas al Tribunal Superior de Bogotá por imponer la condena por “instigación a delinquir con fines terroristas”. Era lo que debía hacer, porque la acusada aceptó ese cargo. Más críticas le cabría a la Fiscalía por –supuestamente– haber imputado un delito inexistente y también al propio abogado de Epa Colombia que no solo la dejó que aceptara el cargo, sino que le aconsejó que lo hiciera. Es muy probable que el debate lo plantee la defensa de Epa Colombia en el recurso de doble conformidad que cabe ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para que revise esa condena de forma exclusiva por ese delito que ha sido impuesto por primera vez en segunda instancia.
De cualquier manera la condena por los otros delitos se mantendrán incólumes. Sobre el otro delito, es probable que la Corte no la absuelva, sino que ordene rehacer el proceso única y exclusivamente por los hechos que según la Fiscalía constituyen el delito de “instigación a delinquir con fines terroristas”. Inclusive, la Corte puede hacerlo sin decir una sola sílaba sobre el delito, pues el problema es exclusivamente procesal.
El caso de Epa Colombia muestra en toda su dimensión el estado permanente de desconfianza en la Administración de Justicia. A ello contribuyen –sin duda– voces muy influyentes de todo el espectro político nacional.
Desde el propio expresidente Álvaro Uribe, quien desde distintos micrófonos afirmó que su detención ordenada por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia era un secuestro, hasta dirigentes de izquierda que aplauden las decisiones contra dirigentes de derecha, pero buscan atajos para evadir o justificar decisiones y fallos que comprometen a dirigentes de su misma militancia política.
Toda investigación contra un político se descalifica diciendo que es con propósitos políticos. Si la Fiscalía captura al exgobernador Aníbal Gaviria no es porque tenga responsabilidad en actos de corrupción, sino para cerrarle la vía a la Presidencia. Si no investiga a Gustavo Petro es porque los jueces son petristas. Y si imputan en la Fiscalía al general retirado Mario Montoya es porque la Fiscalía quiere atravesársele a la JEP para proteger a Montoya, que es amigo de Uribe, que es el jefe de Iván Duque, que fue quien ternó al fiscal Francisco Barbosa.
Esas elucubraciones y especulaciones minan la poca credibilidad que tiene nuestra Administración de Justicia.
En este sistemático cuestionamiento a la Administración de Justicia juegan un papel protagónico los políticos, que son quienes terminan manipulando a la opinión pública. ¿La razón? A ellos la única Justicia que les sirve es aquella que los favorece. Todos los condenados alegan que eran inocentes, pero que las calumnias de la oposición los hicieron condenar. Y la oposición, cuando pasa a ser poder, hace exactamente lo mismo.
Los integrantes del Colectivo Alvear Restrepo, que se la pasan atacando a la Justicia cada vez que absuelve a un militar, son los mismos que celebran esas mismas absoluciones de esos mismos jueces cuando favorece a uno de sus defendidos. Y como desde las élites del poder se maneja ese discurso que los medios de comunicación han ayudado a difundir, pues ese relato ha tomado mucha fuerza en la opinión pública o en la ciudadanía.
Por esa razón, casos tan graves como los de Epa Colombia no se miden desde la gravedad de los hechos o desde la contundencia de la prueba, sino desde el origen social de ella. Como es “pobre”, la condenaron por eso. Pero si fuera “rica” entonces alegarían exactamente lo mismo. En ambos casos quien pierde legitimidad y credibilidad es la Justicia.
“Pobres de los ladrones pobres”, dicen que dijo Simón Bolívar, cuando firmaba una ley penal. Tiempo después hizo carrera una frase relacionada con la expresión del Libertador, según la cual, “el Código Penal es un perro bravo que solo muerde a los de ruana”. Luego –en tiempos de “Ñito Restrepo”–, la frase quedó como hoy se conoce: “En Colombia la Justicia solo es para los de ruana”. Pero en honor a la verdad, con la Constitución de 1991 hemos visto desfilar por los pasillos de la Corte Suprema de Justicia con rumbo a la cárcel a congresistas, generales, ministros, expresidentes de la República y hasta exmagistrados de la misma Corte.
Ahora bien –siguiendo con el símil de la ruana– tampoco se puede desconocer que las diferencias de estrato se notan en el tratamiento carcelario. A Epa Colombia –cuando la capturen– la enviarán a la cárcel del Buen Pastor, mientras que a María del Pilar Hurtado siempre la mantuvieron en el Cantón Norte de Bogotá, donde también están Andrés Felipe Arias y el ahora condenado a 94 meses de prisión, el exmagistrado Gustavo Malo. No obstante, hay que decir que ello, que es visto como un privilegio, es en realidad un derecho. Ahí están los códigos y las normas que dicen que los funcionarios públicos que hayan delinquido en el ejercicio de su cargo tienen derecho a un lugar de reclusión especial. Lo que pasa es que algunos son más especiales que otros.
En todo caso es muy difícil que las desigualdades sociales que existen en libertad no se reproduzcan en los centros carcelarios, donde, como ocurre en libertad, la calidad de los servicios depende de lo que cada uno pueda pagar. No debería ser así, porque como decía Àlvaro Gómez, todos somos iguales ante la ley. Pero la dura realidad nos muestra que algunos son más iguales que otros. Punto.