La palabra 'generalizada', referida a la tortura existente en México, ha levantado ampollas entre este país y el relator especial sobre la tortura de la ONU, Juan Méndez, no solo por su significado, sino porque también puede tener consecuencias en el ámbito del derecho internacional.
El artículo 7 del Estatuto de Roma, el instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional (CPI), estipula que 'un ataque sistemático o generalizado en contra de la población civil y con conocimiento' podría ser considerado 'un crimen de lesa humanidad', explicó a Efe Nancy López, directora del área de Defensa de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Cmdpdh).
Por tanto, el caso podría ser atraído por la fiscalía de la CPI y abrir así una investigación contra el Estado mexicano, agregó la abogada de esta agrupación que cuenta con estatus consultivo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y de las Naciones Unidas (ONU).
'El tema ‘generalizado’ en violaciones a derechos humanos tan específicas como la tortura', por la forma en que lo describe el relator en su informe, 'parece indicar o da elementos suficientes para poder caracterizar lo que él describe como crímenes de lesa humanidad', añadió.
El Gobierno mexicano se ha encargado en las últimas semanas de negar la existencia de tortura 'generalizada' en el país, hasta el punto de calificar al relator Méndez de haber faltado a su código de ética, al informar que la tortura y los malos tratos que siguen a la detención son generalizados en México.




















