El Heraldo
Colombia

Juez niega preclusión en caso del expresidente Uribe por soborno

La decisión fue tomada en la tarde de este martes por el juzgado 41 penal de conocimiento de Bogotá.

La jueza 41 penal de Conocimiento de Bogotá, Laura Barrera, ordenó no precluir el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por manipulación de falsos testigos.

Con esta decisión, la togada rechazó la solicitud planteada por el fiscal séptimo delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Cárdenas, quien indicaba que no existía prueba alguna para que Uribe estuviera vinculado al caso.

De acuerdo con la juez, hay varias pruebas documentales y testimoniales que permiten inferir que Uribe Vélez le dio poder y órdenes al abogado Diego Cadena para que realizara visitas a diferentes cárceles del país. De hecho, afirmo que las llamadas entre el abogado Cadena y el exmandatario Vélez sí constituyen una prueba en el caso.

"(...) contrario a lo aseverado por el fiscal, sí existen elementos probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que permite afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno sí ocurrió, y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe", señaló el despacho.

Barrera citó una de las interceptaciones realizadas por orden de la Corte Suprema en las que el expresidente daba órdenes preciosas a su apoderado: “Proceda, doctor Diego, que usted hace las cosas bien hechas”, en referencia a un encuentro que iba a sostener con el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.

“Se puede advertir que su intención era la de conseguir declaraciones contra Iván Cepeda pues de la comunicación pública que trajo la Fiscalía General y que repitió en todos los hechos jurídicamente relevantes así lo dijo”, precisó la jueza.

Ante eso, la jueza aseguró que  “es claro que por parte del ente investigador ha debido hacerse un esfuerzo serio en orden a establecer todas las particularidades de hecho que se indaga, en otras palabras, obrar con mayor acuciosidad”.

Según el despacho, el ente acusador dentro de su investigación,  no tuvo varios elementos que debían ser revisados, es por eso, que el expresidente podría ser llamado a juicio por este evento, decisión que recae en la Fiscalía General de la Nación.

"Todo lo anterior le permite al despacho concluir que contrario a lo aseverado por el señor Fiscal sí existen elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que permiten afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva de soborno en actuación penal sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe. Por lo tanto la Fiscalía no acreditó la atipicidad del comportamiento y por tanto el Despacho negará la solicitud de preclusión".

La funcionaria judicial dijo a que con esta decisión, no se está prejuzgando al exmandatario imputado y que "el debate se surte en el juicio, y esta funcionaria está impedida para conocer del mismo".

"En cuanto al delito de fraude procesal y a la valoración de los elementos que (lo) estructuran, se tiene que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema en auto del 3 de agosto de 2020, que el documento aportado por Monsalve no tenía la idoneidad para inducir en error al funcionario, pero dentro de este hecho jurídicamente relevante existen elementos materiales probatorios que crean la hipótesis plausible de la intención de engañar al alto tribunal", expuso la jueza.

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