Solo si se llega a un acuerdo entre empleadores y trabajadores, el pago de la prima de servicios de mitad de año podrá diferirse hasta en tres cuotas que tendrán como plazo máximo el 20 de diciembre de este año.
Esta es una de las medidas que hacen parte del Decreto 770 del Ministerio de Trabajo que establece directrices en materia laboral en medio de la pandemia por la COVID-19.
'La reglamentación plantea que deberá existir un acuerdo fraterno entre empleador y trabajador trasladar, máximo hasta el 20 de diciembre del año en curso, el primer pago de la prima de servicios, la cual podrán concertar hasta en tres pagos hasta dicha fecha', dijo el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera en rueda de prensa virtual.
Indicó que la alternativa de concertar el pago de la prima también la puede aplicar las empresas que se beneficiarán con el subsidio a la nómina y a la prima anunciada por el Gobierno nacional para los trabajadores que devengan entre 1 salario mínimo y $1 millón. Estas empresas son las que han registrado caídas del 20% o más en su facturación.
A favor y en contra
Sobre esta medida, el presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), Jaime Alberto Cabal, dijo que 'genera un alivio pues permite diferir el pago de primas en varias cuotas'.
No obstante, el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores, Diógenes Orjuela, dijo que el auxilio de la prima de mitad de año no le sirve 'a la persona ni le sirven al despedido y tampoco termina sirviéndole a las mipymes porque por sus montos no son ningún alivio importante'.
Auxilio a la prima
El ministro Cabrera destacó que pago del auxilio se realizará con recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) y también beneficiará a los trabajadores dependientes afiliados al Sistema General de Seguridad Social y cotizantes de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila), con un ingreso base desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta un $1 millón.
El subsidio aplica al número de trabajadores que estén vigentes en la nómina de junio y el aporte del Gobierno Nacional para cada trabajador será de $220.000.
Aclaró que el auxilio de la prima se pagará el 1 de julio en las cuentas bancarias de las empresas una vez se verifique a través del Pila, los trabajadores que serán cobijados.
'Podrán beneficiarse de esta iniciativa las personas jurídicas, personas naturales, consorcios y uniones temporales que se hayan sido constituidos antes del 1° de enero de este año, que cuenten con una inscripción en el registro mercantil (renovada por lo menos en el 2019) y que demuestren la necesidad del aporte estatal certificando una disminución del 20% o más en sus ingresos debido a la situación actual que atraviesa el país, que suman cerca de 4.2 millones de colombianos', señaló.