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Colombia

Consejo de Estado niega suspensión de elección de hijo de Jorge 40

No obstante, la alta corte admite demandas contra curul de paz de representante Jorge Rodrigo Tovar.

El Consejo de Estado informó este miércoles en un comunicado que admitió dos demandas que buscan que se declare nula la elección de Jorge Rodrigo Tovar Vélez como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial de Paz.

En uno de esos dos procesos la alta corte negó una solicitud que pretendía que se suspendiera la elección del dirigente político.

“La primera de estas acciones jurídicas fue presentada por la Fundación para la Defensa de la Información Legal y Oportuna – Dilo Colombia. Según esa demanda, versiones de prensa registran la supuesta relación del electo congresista con bienes que su padre, Rodrigo Tovar Pupo, alias ‘Jorge 40’ habría adquirido como producto de las actividades ilegales de los grupos paramilitares que, dicen los accionantes, fueron los causantes de las graves violaciones a los derechos humanos que afectaron a las poblaciones de los 13 municipios La Guajira, Cesar y Magdalena que serían representados en el Congreso mediante la curul que obtuvo el demandado”, se lee.

Sobre la suspensión, el Consejo de Estado decidió no acceder a ello: "La sala relató que al expediente fueron allegados certificados que acreditan el funcionamiento de la organización que avaló la candidatura, la Asociación Paz es Vida, así como el registro único de víctimas en el que la Unidad Administrativa de Reparación Integral a las Víctimas (Uariv) lo reconoce como parte de la población más afectada por el conflicto. Estos documentos, dice, no permiten concluir en esta etapa del proceso que no se esté cumpliendo de buena fe el acuerdo, por la supuesta asignación irregular de esta curul de paz", indica el alto tribunal.

Y en la segunda demanda se señala que la elección debe ser declarada nula porque el accionado estaba inhabilitado para ser congresista, por haber ejercido la autoridad civil, política o administrativa durante los 12 meses previos a su elección, al haberse desempeñado como funcionario del Ministerio del Interior hasta cuatro meses y medio antes del proceso electoral en el que obtuvo la curul objeto de disputa.

La alta corte admitió para su estudio ambas demandas.

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