Superservicios tiene 48 horas para responder a abogados en caso Electricaribe
El Juzgado de Cartagena falló una tutela presentada por la firma de abogados Mola Lawyers Group. El caso tiene que ver con la controversia por los cobros de la cartera de Electricaribe.
La Superintendencias de Servicios Públicos Domiciliarios tienen 48 horas para dar respuesta de fondo, clara y congruente a la petición elevada por la sociedad Mola Lawyers Group en una controversia contractual para reclamar el pago que le correspondería por la “recuperación y cobro de la cartera adeudada” por los habitantes de barrios eléctricamente subnormales de cada uno de los municipios, distritos y departamentos en los cuales tenía dominio la compañía comercializadora de energía.
Al fallar una acción de tutela presentada por la firma de abogados, el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Cartagena de Indias, indica que la Superintendencia tendrá que pronunciarse en estricto sentido sobre lo resuelto por el Tribunal Administrativo de Bolívar en la providencia proferida el pasado 15 de febrero de 2022, cuando se ordenó suspender el proceso de liquidación de Electricaribe.
El Juzgado, luego de revisar la documentación y los argumentos del peticionario, concluyó que había suficiente razón para tutelar el derecho fundamental de petición invocado por el tutelante.
Si el fallo no es impugnado por la Superintendencia dentro del término legal, el caso debe remitirse a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
La controversia contractual fue planteada por la firma Mola Lawyers Group S.A.S., a través del abogado Luis Armando Mola Insignares, para reclamar el pago que le correspondería por la “recuperación y cobro de la cartera adeudada”.
Luis Armando Mola Insignares, propietario de la firma Mola Lawyer Group S.A.S, le dijo a EL HERALDO el pasado mes de abril que estaba demandando al Estado, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la antigua empresa Electricaribe, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas con la firma de abogados.
A través de una tutela reclamó el derecho fundamental de petición ante el Tribunal Administrativo de Bolívar, que decidió ordenar la suspensión provisional del proceso de liquidación de la empresa Electricaribe
El Tribunal también ordenó que los recursos cedidos a la nación, por parte de Electricaribe, debían ser incorporados en la Resolución de liquidación. Aquí debían incluirse, precisamente, los derechos litigiosos en los procesos ejecutivos que se tramitan en juzgados de Barranquilla, Cartagena, Ciénaga, Santa Marta, Montería y Valledupar.
En el mismo fallo se ordenó suspender de inmediato el pago a todos los acreedores, exceptuando el giro de recursos relacionados con las acreencias laborales, tributarias y gastos de administración de todo orden.