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Sucre

Piden no revocar medida de aseguramiento del conductor del coronel Núñez

El juez dará a conocer su decisión el martes 29 de noviembre en audiencia virtual programada a partir de las 8:30 de la mañana.

Los representantes de víctimas, la Fiscalía y la Procuraduría le solicitaron al Juez 50 Promiscuo de Bogotá, con funciones de garantías, que no acceda al pedido del patrullero de la Policía Nacional Yamith Alfonso Henao Araque de revocarle la medida de aseguramiento intramural que pesa en su contra.

El uniformado, privado de la libertad en el pabellón para funcionarios públicos de la cárcel La Picota, en Bogotá, es uno de los procesados por los hechos ocurridos el 25 de julio del año en curso en los que perdieron la vida José Carlos Arévalo Contreras, Jesús David Díaz Monterroza y Carlos Alberto Ibáñez Mercado, que habitaban el corregimiento de Chochó, en Sincelejo.

Los abogados Didier Pizza Gerena y Javier Baquero, que representan a las familias de los asesinados se oponen a que le otorguen la libertad a este patrullero que era el conductor del teniente coronel (r) Benjamín Darío Núñez Jaramillo, señalado de haberles disparado a los muchachos con el arma de dotación, porque “los hechos que dieron origen a la imposición de esa medida no han desaparecido” y porque además este “encubrió todo lo ocurrido”. No dijo nada a pesar de saber plenamente la ilicitud de las acciones cometidas por su jefe inmediato, de quien si bien no lo convocó a él a una reunión posterior a los homicidios para “planear lo ocurrido”, bien pudo conversar con este en la camioneta que le conducía.

Argumentan también los abogados, que los elementos materiales probatorios que llevó la defensa del patrullero Yamith Alfonso Henao Araque, entre ellos unos videos, ya fueron sometidos a debate en audiencias anteriores que precisamente dieron origen al encarcelamiento no solo de él sino también de 8 patrulleros más y de una subteniente.

Así mismo el abogado Javier Baquero reseñó que el pedido de revocatoria de esta medida de aseguramiento no es procedente en estos momentos porque aún no ha sido resuelto un recurso de apelación.

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