El Heraldo
Luis Rodríguez
Barranquilla

Avanza censo de taxis en Barranquilla

Con la certificación del censo el conductor podrá acceder a la instalación del taxímetro y la habilitación de la plataforma tecnológica de control.

A las siete de la mañana de este lunes, la Secretaría de Movilidad Distrital inició el censo de taxis con el que pretende identificar este parque automotor, a través de una revisión física de los vehículos con sus dígitos de identificación (número de motor, chasis y serie), y la verificación de documentos con el Registro Distrital Automotor y el Registro de Tarjetas de Operación.

Hasta el momento, según el reporte preliminar de Movilidad más de 20 vehículos ya han sido censados. Entes de control y representantes de las empresas de taxis y sindicatos se han congregado en la sede de la Secretaría.

Una vez se efectúa la inspección se aprueba la revisión legal de los documentos y se expide al conductor la certificación del censo. Este certificado permitirá la instalación del taxímetro y la habilitación de la plataforma tecnológica de control.

El último censo de taxis realizado por la Secretaría de Movilidad data de 2002. Desde entonces las tres siguientes administraciones distritales han mantenido una cifra de alrededor de los 12.600 taxis matriculados en la ciudad, pero cálculos de las agremiaciones de taxistas estiman que el número alcanzaría los 20 mil desde 2012. Trece años pasaron para la realización del nuevo censo, en medio de protestas, marchas y caravanas amarillas.

El censo lo realiza la misma Secretaría de Movilidad y tiene un costo aproximado de $1.800 millones.

Puede consultar su cita siguiendo estos pasos:

• Abra la página web: http:/movilidad.barranquilla.gov.co

• Busque el botón Censo de Taxis en la parte superior derecha y seleccione la opción consulta de cita.

• Digite el número de placa y cédula del propietario del vehículo.

• De inmediato visualizará la fecha y la hora de cita, requisitos e instrucciones.

• Por último pulse el botón de imprimir constancia de cita.

• No asistir a la cita acarreará sanción, según lo establecido en el artículo 46 de la Ley 336 de 1996, salvo que la inasistencia sea justificada.

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