
Faltan solo 20 días para que venza el plazo para los usuarios del régimen subsidiado de cambiar de Entidad Prestadora de Salud, EPS si no se encuentra conforme con el servicio prestado. El acuerdo No. 415, norma que avala el cambio, está rigiendo desde el 2009. Solo quienes hayan cumplido un año en una misma EPS, podrán acogerse a la medida.
Trámite sencillo. El traslado debe ser realizado directamente por el cabeza de familia ante la entidad prestadora del servicio de salud de su preferencia, la cual notificará de la modificación a la EPS que el usuario abandona. Entre los requisitos están la presentación de su documento de identificación original y fotocopias de los documentos de identidad de los integrantes del núcleo familiar (cedula, registro civil o tarjeta de identidad).
La oferta de EPS en la ciudad está compuesta por las siguientes: Mutual Ser, Humana Vivir, Coosalud, Solsalud, Comparta, Cajacopi, Selva Salud, Emdisalud, Caprecom, Barrios Unidos de Quibdó y Salud Vida. Solo entre las anteriores podrá efectuarse el cambio. El mismo será efectivo a partir del primero de abril de 2011, ya que el Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga toma el mes de marzo para organizar la logística necesaria para la continuación del proceso.
Solo si el usuario que no ha permanecido un año en la misma EPS y necesite cambiar de ciudad de residencia, puede efectuar el traslado mientras la empresa prestadora de salud no tenga cobertura en el lugar, presente el certificado del Sisbén del nuevo sitio de vivienda y demás documentos que soporten el traslado.
USUARIOS SE QUEJAN. Los afiliados entrevistados por EL HERALDO aseguraron que dentro de las principales razones de descontento con el servicio de las EPS están la lenta entrega de medicamentos y la demora que deben acarrear para obtener una cita médica.
Algunos afirmaron que no conocían de la existencia de la norma, aún cuando está en marcha hace dos años. No obstante, la Secretaria de Salud, Marta Rodríguez, consideró extraño el desconocimiento de los usuarios del régimen subsidiado, ya que afirmó haber realizado charlas informativas con las ligas de usuarios.
Ejercer el derecho
Marta Rodríguez, secretaria de Salud Distrital, afirmó que el Acuerdo 415 busca, principalmente, que los usuarios del régimen subsidiado puedan hacer uso pleno de su libertad a la hora de escoger la empresa que cuidará de su salud y la de su familia. De la misma manera, dijo que el impacto del proceso arrojará la calificación que los usuarios del régimen subsidiado dan a sus EPS. “Esta es una oportunidad para que los usuarios expresen su satisfacción o insatisfacción sobre el servicio que reciben”.
Régimen contributivo.
Existe plena liberta de cambiar de EPS para quienes se encuentren bajo el sistema contributivo de salud siempre y cuando cumplan con las siguientes condiciones:
• Un mínimo de un año con la EPS de la cual desea salir.
• Si el paciente tiene una enfermedad de alto costo, debe esperar 2 años después de culminado el tratamiento.
• Para realizar el trámite, el usuario debe solicitarle a la EPS un certificado en el cual conste de que posee “Libre movilidad” para abandonar la EPS.
• Si todo está en regla, el trámite entre las 2 EPS, toma 15 días.
Por Lucía Avendaño Gelves