Restricción nocturna, acompañantes autorizados, corredores prohibidos, sectores inhabilitados en el centro y limitaciones de pasajeros, son algunas de las medidas que seguirán vigentes para los motociclistas en Barranquilla hasta junio de este año.
Mediante un acto administrativo el Distrito de Barranquilla prorrogó la vigencia de los decretos 091 de 2011 modificado 0506 de 2011, 'por medio de los cuales se dictan medidas que reglamentan la circulación de motocicletas, motocarros, cuatrimotos y moto triciclos en el Distrito Especial y Portuario de Barranquilla'.
Mediante un comunicado, la administración explicó que la extensión de estas medidas obedecen a la necesidad de 'seguir ejerciendo el control de la circulación de este tipo vehículos para proteger la vida de conductores, pasajeros y peatones, y disminuir los niveles de accidentalidad, muertes y heridos que afectan a personas que utilizan estos vehículos como medio de transporte'.
En un informe enviado por la secretaría, afirmaron que en 2015 hubo 36 víctimas fatales de motociclistas, 7 menos que el año pasado donde se registraron 43.
En cuanto motocicletas involucradas en accidentes de tránsito, el documento establece que fueron 1.575, 45 más que en 2014 en el que se presentaron 1.530.
Dentro de las principales medidas se encuentran la restricción nocturna, que establece la prohibición desde las 11 de la noche a las 5 de la mañana del día siguiente. Se encuentran exentos el propietario del vehículo y sus acompañantes autorizados.
Continuará la limitación de acompañantes autorizados que podrán ser incluidos por el propietario del vehículo: esposa(o) y/o compañera(o) permanente e hijos (consanguíneos y/o adoptivos) y hasta cinco personas adicionales que deben ser radicados en la secretaría de Movildiad o registrar en la página web barranquilla.gov.co/movilidad.
Otra de las decisiones es que se mantendrá la prohibición de uso y tránsito de este tipo de vehículos por menores de 12 años y mujeres en estado de embarazo. Para el Centro de la ciudad prosigue la restricción en el cuadrante comprendido entre las calles 30 y 45 y desde la carrera 38 hasta la carrera 45 con ciertas excepciones en tramos viales, siempre que se transite sin acompañante dentro del horario de 7 de la mañana a 7 de la noche (ver infografía).
Los infractores serán sancionados con multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, que eran unos $322.175 en 2015, y la inmovilización del vehículo.
