En un fallo con ponencia del magistrado Alfonso Cajiao, presidente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y la máxima autoridad Disciplinaria de la Rama Judicial en territorio nacional, se confirmó la sanción impuesta a un abogado penalista acusado de apropiarse de los dineros que, como indemnización, pretendía pagar una de las partes involucradas a la familia del joven Alemao Klinsman Agámez Arbeláez, asesinado el 5 de febrero de 2010 en la ciudad de Barranquilla.
Ese día, cinco personas lo abordaron cuando bajaba de un taxi en una zona cercana al hospital pediátrico, que luego se conoció como el Camino Distrital Adela de Char.
Allí, varios de los implicados lo atacaron con armas cortopunzantes, supuestamente en medio de una disputa entre dos grupos conocidos como “El York” y “Los Latin Kings”.
Cuatro de los autores del homicidio fueron capturados y condenados, uno de ellos a 18 años y 11 meses de cárcel luego de su colaboración con las autoridades para el esclarecimiento del crimen.
Años después fue capturada una quinta persona, quien habría sostenido en su momento una relación sentimental con la víctima y quien fue vinculada en calidad de coautora.
Al cabo de una audiencia de sustitución de medida de aseguramiento por detención domiciliaria, esta persona manifestó la intención de indemnizar a los familiares del joven asesinado, acordando la suma de 18 millones de pesos, que serían entregados al abogado que precisamente representaba los intereses de las víctimas. De ese monto, 8 millones serían reconocidos como honorarios y los 10 millones restantes como pago real a la familia.
De acuerdo con la queja instaurada ante la Jurisdicción Disciplinaria, los dineros fueron entregados al abogado el 10 de noviembre de 2014, quien sin embargo no cumplió con el deber de allegarlos a su cliente, sino que por el contrario no los entregó, lo cual no solo privó a las víctimas de la indemnización, sino que dio continuidad al proceso penal contra la persona que intentó conciliar a cambio de beneficios judiciales.
En principio, el abogado se justificó en una supuesta deuda pendiente equivalente a 13 millones de pesos por parte de sus representados, es decir, de la familia del joven asesinado.
No obstante, la Jurisdicción Disciplinaria encontró plenamente acreditado que el jurista recibió la suma de 18 millones de pesos, de los cuales tomó 8 millones por concepto de honorarios y quedó comprometido a entregarle los 10 millones restantes a su cliente, lo cual no sucedió.
Por eso, y aunque aceptó su responsabilidad después de la imputación de cargos hecha por la primera instancia, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial consideró que incurrió en falta dolosa agravada, prevista en el artículo 35 numeral 4 de la Ley 1123 de 2007, a la vez que infringió el deber consagrado en el artículo 28 numeral 8 de la misma norma.
Así las cosas, en fallo con ponencia de su presidente, Alfonso Cajiao, se confirmó la sanción impuesta el 23 de junio de 2023 por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, consistente en 1 año de suspensión y multa de 4 salarios mínimos.