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La Superintendencia de Servicios Públicos anunció este martes los criterios para el recaudo y giro de la sobretasa de 4 pesos por kilovatio al servicio de energía en los estratos 4,5 y 6 comerciales, industriales y no regulados, que señala el artículo 313 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022.

Natasha Avendaño García, superintendente de Servicios Públicos, dijo que con el costo adicional que se cobrará en la factura de energía desde el 31 de octubre se proyecta obtener $130.000 millones que pagarán más de 2.774.102 (número que cambia cada mes) de usuarios de los estratos y sectores señalados.

'Los recursos de la sobretasa serán destinados al Fondo Empresarial de la Superintendencia para apoyar los procesos de intervención de empresas de servicios públicos y con inconvenientes financieros', dijo Natasha Avendaño García.

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Precisó la Superintendente que son nueve empresas de servicios públicos intervenidas en el país, de las cuales una es comercializadora de energía: Electricaribe (operador de la Costa Caribe) y las Empresas Públicas de Cartago, Valle del Cauca, que presta servicio de agua, alcantarillado y energía.

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Hasta antes del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2022, el Fondo Empresarial de la Superintendencia tenía como fuentes de ingreso los recursos de las multas y de los excedentes de los presupuestos de las comisiones de regulación.

'El artículo de la Ley 313 creó una sobretasa fija, cierta y para el consumo de energía con el objetivo que sean flujos permanentes. Con la resolución 35615 del 13 de septiembre la Superintendencia define todos los lineamientos para hacer el cobro. A los estratos 1,2 y 3 no se les cobrará la sobretasa', dijo.