El Heraldo
Mineducación.
Colombia

Recomendaciones del Mineducación sobre cobro de tarifas y lista escolar

El ente hizo un llamado a padres y representantes para que estén atentos a las exigencias de algunas instituciones educativas.

El Ministerio de Educación, a través de la Circular 002 de enero de 2023, dio a conocer una serie de recomendaciones sobre las precisiones del cobro de tarifas y listas de materiales en los establecimientos educativos no oficiales del país.

En el documento, firmado por el viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, Hernando Bayona Rodríguez, se hace un llamado a los padres de familia y acudientes para que tengan presente “la normatividad que regula y rige este tipo de cobros y así poder generar claridad entre la comunidad educativa”.

En el comunicado se hace un recordatorio a los establecimientos educativos de carácter no oficial para que acaten cual las directrices para el incremento de los costos educativos para el año 2023, de acuerdo con el régimen en el que se ubica cada colegio.

Además, advierten que “el cobro de cuotas en dinero o en especie, bonos, donaciones en dinero o en especie, aportes a capital o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrícula, pensiones y cobros periódicos, están prohibidos; y su incumplimiento podrá generar sanciones económicas para los establecimientos educativos, y en caso de reincidencia hasta su cierre definitivo”.

Por su parte, en relación a la lista de materiales educativos, el Ministerio de Educación, recuerdan que sebe haber sido aprobada por el Consejo Directivo y entregada por el colegio a los padres de familia en el momento de la matrícula.

“La institución debe definir un cronograma de uso de los materiales educativos, para que las familias puedan adquirirlos en la medida en que los estudiantes los necesiten. Por tal razón, no se les puede exigir a las familias o estudiantes que hagan entrega de la totalidad de estos al colegio, jardín o establecimiento educativo al inicio del año escolar”, se lee en el comunicado.

En cuanto a exigencias por parte de establecimientos educativos, que además están prohibidas,  los padres de familia no están obligados a:

  • Adquirir prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes de sus hijos. Y la falta de uniforme por razones económicas no podrá privar al estudiante de participar en las actividades académicas.
  • Adquirir útiles escolares de marcas o proveedores definidos por el establecimiento educativo.
  • Adquirir los textos en un establecimiento específico.
  • Entregar al colegio los útiles o textos para que sean administrados por el establecimiento.
  • Cambiar los textos antes de transcurridos 3 años, las renovaciones solo se podrán hacer por razones pedagógicas, de actualización de conocimientos e informaciones y modificaciones del currículo.

Indica el Mineducación que son las Secretarías de Educación las encargadas de velar por el cumplimiento de las normas en materia de tarifas y materiales educativos.

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