El Heraldo
EFE
Colombia

Los momentos clave en el camino de la despenalización del aborto en Colombia

Este lunes la Corte Constitucional falló a favor de depenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación.

La Corte Constitucional votó este lunes a favor de despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 24 de gestación, un paso “histórico para América Latina”, que han empujado organizaciones feministas para la protección de la vida y la salud de las mujeres.

Tras meses dilatando la decisión por trabas administrativas e impedimentos de jueces, que tuvieron que ser discutidos incluso por togados delegados, la Corte aprobó, en sesión extraordinaria con 5 votos a favor y 4 en contra esta decisión, que no elimina el delito del aborto del Código Penal, pero da un plazo de seis meses a las gestantes que quieran poner fin a su embarazo.

Esta discusión sobre despenalizar el aborto viene desde 2006, cuando bajo la sentencia C-355 se legalizó parcialmente, teniendo en cuenta tres causales para interrumpir el embarazo: violación o incesto; peligro de la vida o salud de la madre, y malformación del feto.

Luego de esto, grupos provida se manifestaron de manera multitudinaria para rechazar esta práctica que consideran “delito” y un “homcidio”. El mismo llamado que incluso hizo este martes la Conferencia Episcopal Colombiana. 

Desde ese mismo año, en Colombia viene aumentando significativamente la persecución y las condenas por aborto, con un promedio de 400 casos por año y un total de 346 mujeres condenadas hasta 2019, según un informe reciente de movimiento feminista Causa Justa, con datos de la Fiscalía.

El aborto es el delito más perseguido judicialmente y condenado que la violencia intrafamiliar o las violaciones sexuales o incluso que el aborto no consentido, según este mismo informe.

La mujer que se practicaba un aborto o quien lo realizaba incurría en un falta que era condenada con uno a tres años de cárcel. Esto se definió en su momento en el artículo 343 del decreto 100 de 1980: “La mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de uno a tres años”.

Por esta razón, mujeres recurrían de forma clandestina a esta práctica de interrupción del embarazo y así aumentaba el riesgo de una muerte por un mal procedimiento. Ante esto, fue instaurada una demanda  a la norma y aunque la respuesta fue negativa se comenzó a debatir sobre los peligros que debían afrontar este sector de la población.

A partir de allí, varias demandas empezaron a hacer eco y se presentó una ponencia para dar otro paso en el tema de la despenalización.

Una discusión con ‘espinas’

En la Corte, desde hace más de un año, reposaban dos demandas que pedían la eliminación del delito del aborto, pero ha sido la de Causa Justa la que, más de 500 días después, ha progresado.

Ha sido un camino lleno de baches y que ha tenido que superar obstáculos como el impedimento de uno de los magistrados que supuestamente iba a votar a favor, Alejandro Linares.

La discusión se retrasó varias semanas mientras la Corte decidía si el magistrado Linares debía participar o no de uno de los debates más importantes en el país. Esto luego de que el togado ofreciera declaraciones públicas a un medio de comunicación que habría dejado entrever cuál era su postura frente al tema, algo que no está permitido. 

El debate se retrasó ante el impedimento presentado por el magistrado, aunque su postura a favor de la despenalización es pública desde 2020, cuando propuso, como ponente de otra demanda, eliminar el delito de aborto hasta la semana 16 de gestación, el jurista presentó el recurso que finalmente fue aprobado por la sala de la Corte. 

Archivo

Sin embargo, no fue el único impedimento que llegó a la Corte y que retrasó el debate. La magistrada Cristina Pardo fue recusada por la organización Sisma Mujer por cuenta de la objeción de conciencia que presentó cuando fue Secretaria Jurídica de la Presidencia. 

El alto tribunal tuvo que someterse a una nueva votación y con un resultado de 7 a 1, la Corte negó el impedimento. Con esta determinación el alto tribunal destacó que “La ideología no puede sacar a un magistrado de un debate como la despenalización del aborto”.

    Bajo este panorama fue sacada adelante la decisión con cinco votos a favor de la despenalización y cuatro en contra. La votación se dio de la siguiente manera: a favor estuvieron los magistrados Alberto Rojas, Antonio José Lizarazo, José Fernado Reyes, el conjuez Julio Andrés Ossa y la magistrada Diana Fajardo, quien fue la única mujer en la sala plena que votó a favor; en contra fueron los magistrados Jorge Ibañez, Cristina Pardo, Paola Meneses y Gloria Ortiz.

    En su momento la votación estuvo 4-4 y para desempatar la decisión, la Corte nombró un conjuez en cada una de las dos demandas que cursaron en la corporación sobre el tema.

    "Dado que ninguna ponencia obtuvo los cinco votos necesarios para su aprobación, se sorteó un conjuez en cada caso, con el siguiente resultado: en el expediente D-13.856 resultó sorteado el doctor Juan Carlos Henao, y en el expediente D-13.956 resultó sorteado el doctor Julio Andrés Ossa", aseguró en su momento el alto tribunal.

    Pero en enero de este año salió un nuevo obstáculo: el Proyecto Católico Tejedores de Amor con Dios recusó ante la Corte Constitucional al conjuez Juan Carlos Henao para que se apartara de las discusiones entorno a la despenalización del aborto.

     De acuerdo con la organización, el conjuez estaba impedido para pronunciarse porque en el pasado ha hecho pronunciamientos en torno al tema y había mostrado su posición a favor del aborto. 

    La pelea del movimiento Causa Justa

    Fueron más de 500 días que tuvo que esperar el colectivo para que se tomara una decisión de fondo sobre la demanda que había presentado para despenalizar el aborto, como una vía para cuidar y preservar la vida de la mujer.

    Según la abogada de Women's Link  y vocera del movimiento Causa Justa, Mariana Ardila, esta fallo de la Corte “se trata, a pesar de ser una decisión a medias, de la legislación del aborto más avanzada de toda la región americana”.

    Indicó además que la decisión del alto tribunal deja abierta la puerta a una despenalización total, ya que aún queda por resolver la segunda demanda que hay en la Corte.

    “Ya está despenalizado el aborto hasta 24 semanas y es un gran logro para las mujeres; es histórico para Colombia y para América Latina, es un paso y es un avance muy importante para seguir garantizando la vida, la salud, la libertad y el derecho a decidir de las mujeres”, dijo.

    Archivo

    Sin embargo, ahora la preocupación radica en que el tema del aborto se mantenga en el Código Penal y no en el de la salud pública, por lo que seguiría reconociéndose como un delito.

    Ante esto, Ana Cristina González Vélez, pionera del movimiento Causa Justa y cofundadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres sostuvo que: “seguiremos insistiendo hasta que deje de usarse este delito que es injusto, ineficaz y contraproducente. Los plazos sin duda reconocen en cierta medida la autonomía de las mujeres hasta una cierta etapa del embarazo, pero no se sustentan en razones científicas y niegan la capacidad de las mujeres para decidir como sujetos morales plenos”.

    Facebook
    Twitter
    Messenger
    Whatsapp
    Convierta a El Heraldo en su fuente de noticias
    X
    COMO REPORTAR A WASAPEA
    1. Agrega a tu celular el número de Wasapea a EL HERALDO: +57 310 438 3838
    2. Envía tus reportes, denuncias y opiniones a través de textos, fotografías y videos. Recuerda grabar y fotografiar los hechos horizontalmente.
    3. EL HERALDO se encargará de hacer seguimiento a la información para luego publicarla en nuestros sitio web.
    4. Recuerda que puedes enviarnos un video selfie relatándonos la situación.