Colombia

JEP recomienda sanción de 8 años de cárcel a líderes de exFarc por secuestro

En una resolución de más de 200 páginas emitida por la Sala de Reconocimiento, se determinó que los siete cabecillas de la organización exguerrillera reconocieron la verdad completa en el Caso 01.

La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, resolvió que los líderes de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia reconocieron sus delitos en el Caso 01, este viernes.

A través de una resolución de más de 200 páginas, el mecanismo de justicia transicional determinó que los cabecillas de la organización exguerrilera detallaron con toda la verdad los 21.396 casos de secuestros registrados por la JEP.

"Los señores Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra, Miltón de Jesús Toncel, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar han reconocido verdad completa, detallada y exhaustiva y su responsabilidad en los términos del Auto No. 19 de 2021, corregido mediante el Auto 49 del mismo año y adicionados mediante Autos 244 y 279 de 2021 y, en consecuencia, son elegibles para la imposición de una sanción propia", se lee en la página 21 de la resolución.

En el documento se señala que Rodrigo Londoño, quien estuvo mayor tiempo en el Secretariado y fue comandante en jefe, y por ello responsable de los hechos de todo el país durante su mando, debería recibir una sanción mayor. 

Los demás, excepto Rodrigo Granda, dice la Sala, comparten la responsabilidad tanto por autoría mediata y por la omisión de control de la tropa bajo su mando, por lo cual también son máximos responsables.

Sin embargo, en el escrito se hace la claridad de que Granda no tuvo unidades directamente bajo su mando, por lo cual no se le imputó responsabilidad de mando por omisión por crímenes cometidos de manera concurrente, y por ello se podría considerar una sanción menor.

La magistrada Julieta Lemaitre, relatora del caso, indicó que la Sala de Reconocimiento sugiere la máxima sanción de 8 años para los señalados y de 5 años para Granda, que no tuvo mando sobre la tropa.

"En suma, en lo que respecta a la duración de la sanción, la Sala recomienda que sea de 8 años para todos salvo para Rodrigo Granda, para quien recomienda 5 años de sanción por no haber tenido mando directo sobre la tropa, manteniendo así la proporcionalidad de la duración de la sanción".

Ahora, la sección del Tribunal de Paz deberá definir la sanción, su reparación, restauración y restricción no carcelaria de libertades y derechos.

Para ello, indicó la togada, la Sala aprueba los proyectos restaurativos de trabajos de desminado humanitario, búsqueda de desparecidos, restauración ambiental del Páramo de Sumapaz y actividades de dignificación de las víctimas.

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