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¿Cuáles son las sanciones por el uso de pólvora en Colombia?

El Gobierno nacional expidió un nuevo decreto que agrava multas.

El Instituto Nacional de Salud reportó que en los primeros 10 días de diciembre, en Colombia se han reportado 241 personas quemadas, de los cuales 92 son menores de edad y 10 de estos estaban en compañía de un adulto bajo los efectos del alcohol.

Ante ello, el Gobierno nacional expidió un nuevo decreto que modifica la parte 2, del Libro 2, del Decreto 1066 de 2015  que estipula cómo debe ser “la fabricación, comercialización, transporte y compra y venta de la pólvora.

“Prohibida toda venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez, o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas”, se lee.

Además, “Si se encontrare a un niño, niña o adolescente manipulando, transportando, portando o usando artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos, le será incautado el producto y será conducido y puesto a disposición de un defensor de familia, quien determinará las medidas de protección a adoptar”, agrega.

El decreto también establece una sanción de entre 1 y 300 salarios mínimo; lo que significa que una persona infractora podría pagar hasta 300 millones de pesos.

Asimismo, “quien compre artículos pirotécnicos o fuegos artificiales en lugar, fecha u horario distintos a los autorizados por las alcaldías municipales o distritales, se hará acreedor a sanción civil consistente en la ejecución de tareas para la prevención y atención de emergencias que beneficien a la comunidad y al decomiso del producto”.

De acuerdo con el INS, Bogotá es la ciudad con mayor número de afectados, seguida del departamento de Antioquia, Cauca, Magdalena y Cundinamarca.

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