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El Heraldo
Colombia

Corte Constitucional tumba la cadena perpetua para abusadores de niños

Con una votación de seis a tres, la Sala Plena echó para atrás el acto legislativo planteado por el Gobierno y la coalición oficialista.

Al acoger la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó este jueves por seis votos a tres la ley que establecía la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños en Colombia.

El alto tribunal guardián de la Constitución desechó en su totalidad la norma al considerar que iba contra el principio de la dignidad humana.

En contra del acto legislativo votaron los magistrados Pardo, José Fernando Reyes, Alberto Rojas, Alejandro Linares, Diana Fajado y Jorge Ibáñez. Y a favor votaron Antonio José Lizarazo, Paola Meneses y Glora Ortíz.

En la ponencia se leía que "el Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”.

La demanda estudiada por la Corte fue presentada por los integrantes del Grupo de Prisiones de Los Andes, Manuel Alejandro Iturralde Sánchez, Mario Andrés Torres y Juan Pablo Uribe, quienes advirtieron que la dignidad humana "es el presupuesto esencial de la consagración y efectividad del sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución, presupuesto que además garantiza la autonomía e identidad del ser humano".

En la ponencia, Pardo señala además que "la pena de prisión perpetua revisable incluida en el artículo 34 de la Constitución no es una medida idónea para asegurar la protección de los niños, niñas y adolescentes víctimas de los delitos que regula; y en contraste, genera efectos tan graves a la dignidad humana de la persona condenada y al sistema penitenciario actual, que no es una medida proporcional ni efectiva".

Y pedía declarar inexequible el acto legislativo, también, por los niveles de hacinamiento de las cárceles del país: "Todos los efectos negativos son más graves en circunstancias de hacinamiento como las que se presentan en el sistema carcelario colombiano, en razón a la falta de servicios de salud, alimentación, entre otros, que no se garantizan de forma plena. La ausencia de estas condiciones mínimas de subsistencia digna en un centro carcelario, además de estar sometido a un encierro perpetuo, puede configurar en un trato inhumano, cruel y degradante, prohibido por el artículo 12 de la Constitución".

La reforma constitucional fue presentada al Congreso por el Gobierno y la coalición oficialista.

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