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Mi lectura sobre el texto del ‘Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera’ intenta ser una “ventana” desde la cual se pueda mirar su contenido, o si se quiere, ser una “hoja de ruta” desde la cual se pueda transitar por las ideas, y finalmente, entender de qué se tratan los asuntos para poder votar conscientemente en el plebiscito el día 2 de octubre.

Saber qué hay en el trasfondo de cada concepto y cuál es la realidad histórica vivida.

Inicio mi lectura con lo relacionado a los contenidos de un acuerdo:

Un acuerdo visto desde el derecho es entendido por los abogados como el resultado o la decisión tomada por dos o más personas o por las Asambleas y tribunales. Como tal, un acuerdo es un pacto o un convenio, es decir, que en él, las voluntades de los que acuerdan convienen para obtener una finalidad jurídica, dentro de las cuales está fundamentalmente la obligatoriedad de las partes contratantes.

Un acuerdo es un contrato bilateral de voluntades que se obligan a cumplir finalidades. El acuerdo que hace referencia a la “terminación del conflicto”, por sí mismo, genera derechos y obligaciones, y para que sea digno, idóneo, completo y transcendente, requiere ser formalizado en “documentos especiales”. El documento sobre el acuerdo es un “documento especial”.

Al analizar el documento especial de 297 páginas, opto por el análisis literal que propende por descubrir la intención común de las partes y conocer e interpretar lo que cada parte acordante requiere o quiere decir. Esta toma de posiciones objetivistas intenta presionar cuáles son las intenciones de cada parte (el ethos del asunto).

El problema de esta posición de análisis está en la interpretación de los términos confusos, sinónimos, equívocos, análogos o ambiguos. Se entiende que la interpretación estará de acuerdo con los usos y costumbres semánticas, éticas y culturales.

Mi lectura personal del documento intenta educar y crear conciencia pública (en su sentido general) entre las personas para votar en el plebiscito.

Alfredo E. Palacio Suárez

Que no sea oneroso: Pago del predial

En las principales ciudades colombinas lo que sus habitantes y más que todo los propietarios de apartamentos y casas desean es que los avalúos correspondan a la realidad económica.

Es verdaderamente lamentable que en Bogotá, al igual Medellín, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Manizales y Cartagena, ha habido casos de propietarios de apartamentos y casas que no cuentan con ingresos suficientes para pagar el impuesto predial por una propiedad que se revalúa en forma exagerada.

Entonces los propietarios de bienes en la capital colombiana esperamos que, con este nuevo sistema, el avalúo sea real y por lo tanto el gravámen no se dispare en forma grave para el bolsillo de los contribuyentes.

Somos muchas las personas que pensamos que en principales ciudades colombianas no hay necesidad de aumentar los impuestos y mucho menos el predial, gravamen que se causa por el hecho de tener una vivienda para vivir con la familia.

Ahora tocará esperar si la medida efectivamente aliviará las cargas económicas de personas propietarias de un bien inmueble en la principal ciudad colombiana y que en consecuencia no se presenten los miles de reclamos por la aplicación del impuesto predial.

En términos muy generales lo que se ve claramente en nuestro medio es que no se tienen en cuenta los principios de las economías en naciones poderosas y, en consecuencia, no se aprenden las enseñanzas en el sentido que los impuestos deben y tienen que ser justos, equitativos y nunca exagerados u onerosos.

Jorge Enrique Giraldo Acevedo
jgiraldoacevedo@yahoo.es