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La Corte Constitucional ordenó al Consejo Superior de la Judicatura investigar el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ciénaga luego de haber fallado tutelas a favor de 13 pensionados en contra de Electricaribe.

Mediante sentencia T– 548 de 2017, el máximo tribunal revocó la sentencia de segunda instancia de ese juzgado al considerar que es 'abiertamente engañosa y constituye un abuso de la acción constitucional'.

De acuerdo con la Corte, la acción de tutela fue instaurada por los mismos accionantes en varias ocasiones y ante diferentes despachos, 'solo con el fin ilícito de obtener una interpretación favorable sin argumentación suficiente'.

Mirna Wilches, socia de la firma Chapman & Asociados, apoderados de Electricaribe para estos asuntos, calificó la sentencia como un hito para la empresa, en tanto que 'cierra la puerta para que se continúe con el carrusel de tutelas'.

'Sin fundamento legal una gran cantidad de pensionados de Electricaribe estaban adelantando procesos, algo que le costó a la antigua administración más de 30 mil millones de pesos', dijo Wilches.

La tutela

Los pensionados de Electricaribe habían recurrido a este mecanismo con el fin de buscar el reconocimiento y pago de un reajuste del 15% anual a las pensiones convencionales de las que son acreedores, argumentando que la compañía vulnera sus derechos fundamentales.

Sin embargo, debido a la presentación sucesiva de estas acciones, sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de procedencia, la Sala Quinta de Revisión de Tutelas de la Corte Constitucional determinó que resulta 'un abuso de la acción de tutela que no se compadece con su naturaleza eficaz y vocación protectora'.

Por lo anterior, además de revocar la sentencia, la Sala declara improcedente la acción de tutela, teniendo en cuenta que los pensionados reciben ingresos a través de la mesada convencional.