Las irregularidades en el Programa de Alimentación Escolar (PAE) del año 2016 en el departamento de Sucre le significaron al exgobernador Edgar Martínez Romero, y al exescretario de educación Álvaro Hoyos Romero una sanción por parte de la Procuraduría General de la Nación.
La sanción, que se traduce en una suspensión del cargo por 3 meses para el entonces gobernador y de 5 meses para el exsecretario que hoy ocupa el mismo cargo, pero en la Alcaldía de Sincelejo, es susceptible de apelación, y en primera instancia esas faltas las calificaron como gravísimas, a título de culpa grave.
El Ministerio Público estableció que hubo irregularidades en la contratación de este programa, al punto que el gobernador vulneró los principios de transparencia y responsabilidad, además del deber de selección objetiva al suscribir el acto administrativo en el cual resolvió escoger la modalidad de contratación directa y celebrar el Convenio de Asociación de Interés Público No. PAE-001-2016 con la Unión Temporal Construyendo Bienestar - Sucre 2016, por $14.548.236.696.
Le reprochan el haber escogido esa modalidad de contratación y no la exigida por la Ley 1150 de 2007.
Anota además la Procuraduría que el objeto y las obligaciones del negocio jurídico para 'aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para brindar un complemento alimentario que consiste en la entrega de raciones preparada en sitio de consumo, bajo la modalidad de complementos alimentarios, durante la jornada escolar a los niños y niñas adolescentes matriculados en las instituciones educativas oficiales del departamento de Sucre, en desarrollo de la política pública de seguridad alimentaria y de acuerdo con los lineamientos técnicos administrativos del Ministerio de Educación Nacional', era realmente un contrato de suministro que no era posible desarrollar a través de un convenio.
Por su parte del exsecretario de educación Álvaro Hoyos la Procuraduría anota que transgredió los principios de transparencia y responsabilidad al suscribir el estudio previo y señalar en el documento que era posible contratar el operador del PAE a través de convenio, sin adelantar el proceso de contratación que correspondía.