
La reforma de la Procuraduría enciende el debate
El proyecto acoge el fallo de la Corte IDH sobre el caso Petro. La propuesta se discutió en una audiencia pública.
Diferentes propuestas se pusieron sobre la mesa durante la audiencia pública de este jueves en la Comisión I del Senado sobre el proyecto presentado por la Procuraduría tras el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, en el caso del exalcalde Gustavo Petro, que señala que se deben hacer modificaciones en cuanto a las atribuciones del Ministerio Público de destituir e inhabilitar a funcionarios elegidos popularmente.
La procuradora Margarita Cabello expuso en la sesión virtual que “el proyecto va orientado a una reforma del Código General Disciplinario y tiene como motivo fundamental la recomendación de la Corte IDH en la sentencia del 8 de julio de 2020”.
“Hoy se nos impone no solo el reto de cumplir con los estándares internacionales de respeto por los DD. HH., sino también con convenciones de la ONU y la OEA que nos imponen la necesidad de salir de la gran corrupción que se nos presenta en el pueblo colombiano”, señaló.

Así mismo, recordó que la sentencia tuvo como motivo “un contexto específico en donde se consideraba que había un escenario político frente al senador Gustavo Petro y el procurador de la época, el doctor Alejandro Ordóñez, donde se tuvo la idea, que no voy a discutir si era adecuada o no, de la existencia de una discusión política e ideológica”.
Por ello, concluyó, el proyecto presentado “separa dentro de la misma institución las funciones de indagación, investigación y pliego de cargos, con las decisiones de investigación y decisión final: es decir, un funcionario que haga la parte de instrucción y otro que haga la parte de juzgamiento y decisión”.
Las críticas
Coincidió con Cabello el exprocurador Jaime Bernal Cuéllar, quien puso de presente que “la Corte Constitucional y el Consejo de Estado ya habían interpretado la norma y habían dicho que la posibilidad de la Procuraduría de destitución de servidores públicos de elección popular era compatible con la Convención Interamericana”.
En cambio, Rafael Barrios, abogado de Petro en el proceso ante la Corte IDH, advirtió que “el Congreso debe tener cuidado cuando se dice que la sentencia de la Corte es una recomendación. No. Es de obligatorio cumplimiento, así lo dicen la Convención Americana y la Convención de Viena”.
Señaló en este sentido que con el fallo “lo que se quiere es que esto no vuelva a ocurrir en Colombia: que un funcionario administrativo sancione a un servidor público de elección popular por 15, 16 o 17 años”.
Y concluyó que “el tema que se pone aquí como espada de Damocles es que si no es la Procuraduría la que sanciona la corrupción, apague y vámonos. Eso no es cierto. La corrupción es un delito y debe ser competencia de los jueces de la república, no de un órgano disciplinario”.