BOGOTÁ. Firmado por el magistrado José Joaquín Urbano y fechado el 7 de octubre de 2014, el fallo de 38 páginas en que el Tribunal Superior de la capital absuelve en segunda instancia a Carlos Cárdenas por 'duda razonable', es también una compilación de las inconsistencias en las que, según la Sala Penal, habría incurrido Laura Moreno, una de las otras dos acusadas en el caso Colmenares.
La primera contradicción que encuentra el Tribunal es que todos los testigos universitarios que comparecieron ante los estrados por la muerte del estudiante villanuevero, dijeron que Jessy Quintero -también acusada por encubrimiento de homicidio- estaba con ellos en una camioneta cuando Laura Moreno –en juicio por coautoría impropia de homicidio– la llamó para decirle que Luis Andrés Colmenares se había caído al caño del parque El Virrey, pero el patrullero Wilson Mahecha aseguró que Moreno le dijo que ella, Quintero y Colmenares estaban sentados en una banca del parque cuando él salió corriendo y se cayó al caño.
Luego, para la Sala, de acuerdo a los análisis link de las cuatro llamadas telefónicas de Moreno a Quintero, entre las 3:32 a.m. a las 3:46 a.m. del 31 de octubre de 2010, día de los hechos, 'es evidente que para ese momento Laura estaba sola pues no tenía sentido que, estando en compañía de Jessy, la llamara a su teléfono celular para contarle lo sucedido'.
Advierte el fallo que: 'tampoco se conoce el lugar en el que Luis Andrés cayó al canal. Los testigos indican que Laura Milena refirió tres lugares distintos: a los policías les dijo que fue frente al edificio del periódico EL HERALDO, a los bomberos que ello fue al lado del edificio de Ecopetrol y luego que había sido a ocho o diez metros hacia el occidente de un puente peatonal que cruza el canal acercándose a la entrada oriental del mismo'.
Considera además el magistrado Urbano 'muy llamativo' el hecho de que 'un tercero, que no se sabe quién fue, indicó a los bomberos un lugar distinto al que momentos antes había referido Laura Milena'. Es tercero fue descrito en el juicio como un sujeto 'muy bien vestido, que se identificó como un amigo'.
Otra de las inconsistencias: 'también se ignora la forma cómo Luis Andrés terminó en el canal: Laura les indicó a unas personas que él se había caído y a otras que se había botado o lanzado', y añadió luego que casi que 'dando un salto olímpico'.
También el Tribunal se muestra asombrado porque Luis Andrés estaba mareado al salir de la discoteca y le pidió a Guillermo Alfonso Martínez –uno de los testigos universitarios– que le ayudara a bajar las escaleras, 'no obstante, momentos después de salir de la discoteca, Luis Andrés aparece emprendiendo una carrera –como cuentan en sus testimonios Moreno y Quintero– y haciendo una especie de salto olímpico para arrojarse al canal'.
Luego, la madre de Luis Andrés refiere que Laura le contó que su hijo, después de haberse caído, salió del caño, y dijo además la madre que otro testigo, Gonzalo Gómez, le dijo lo mismo, lo cual encuentra la Sala Penal digno de resaltar como otra de las contradicciones.
Una situación particular, también subrayada en la providencia, es que Moreno le dijo al bombero Isaías Lizarazo que, tras la caída, había llamado a Luis Andrés varias veces insistentemente y que este no le había contestado: lo que sorprende es que ella tenía el aparato telefónico del joven guajiro y con este había hecho ya varias llamadas a sus amigos.
Destaca además el Tribunal que Moreno pareció desmayarse tras ser hallado el cadáver, pero que la bombero Clarena Montaño le tomó los signos vitales y, al encontrarla bien, la pellizcó como estímulo y la joven gritó: 'hay fundamento para inferir que estaba fingiendo. Siendo así, cabe preguntarse, ¿por qué asumió tal comportamiento?'.
Se concluye por lo anterior en el fallo que 'existe una multiplicidad de inconsistencias en las explicaciones que Laura les dio a otras personas en relación con lo que le había sucedido a Luis Andrés'.
Pero el Tribunal no deja de reconvenir a la Procuraduría del caso, que siempre apoyó a la defensa: 'no se sabe con base en qué el Ministerio Público afirmó que Laura siempre había dado la misma versión'.
Tras los análisis de los hechos, sentencia en suma la Sala: 'la conclusión provisional a la que llegó el Tribunal se torna definitiva: la muerte de Luis Andrés Colmenares fue consecuencia de la violencia que en su contra ejercieron terceras personas; es decir, fue el resultado de un delito de homicidio. Sobre esta primera conclusión, al Tribunal no le asiste ninguna duda'.