
Deben aplicar multa de $29 millones al alcalde: Policía de Carreteras
El Simit registra que Galdino Orozco tiene sanción por 14 millones 784 mil pesos, sin embargo la Ley 1696 de 2013 fija que el monto debe ser el doble.
El alcalde de Palmar de Varela, Galdino Orozco, tendría que pagar una multa de 14 millones 784 mil pesos, de acuerdo con lo registrado en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit). Lo anterior por “no permitir” que la Policía le hiciera una prueba de alcoholemia.
Lo curioso del caso es que, según el artículo 152 (parágrafo 3) de la Ley 1696 de 2013, el mandatario tendría que pagar una multa de 1.440 salarios mínimos diarios vigentes, es decir, $29 millones 567 mil. Al parecer, el Simit arroja una cifra “preliminar” de la sanción final a aplicar, explicó Mónica Rosales, directora del Tránsito del Atlántico.
El incidente con el mandatario sucedió el lunes a las 3:30 p.m. en el puesto de control ubicado a sesenta metros del peaje de Ponedera, según el comandante de Policía del Atlántico, coronel Joaquín Buitrago. El reporte dice que los agentes pidieron al alcalde realizar una prueba de alcoholemia, a lo que este supuestamente se negó.
La sanción. Ante esta situación, el Comandante de la Policía de Carreteras del Atlántico, teniente Mauricio Gómez, aseguró que la ley es “muy específica y clara. Para este caso, donde no quiso practicarse la prueba de embriaguez y huyó del lugar, se le aplican 1.440 SMDLV”.
El oficial afirmó que en este caso el trabajo de la Policía ya terminó, con la inmovilización del vehículo y realizando la orden de comparendo. El teniente Gómez indicó que ahora viene un acto administrativo que le corresponde a la oficina de Tránsito de la Gobernación.
Mónica Rosales sostuvo que el proceso aún no ha llegado a la oficina de Tránsito Departamental sede Sabanagrande, que es donde analizan el mismo. “El monto que está calificado en el Simit fue subido por un operador que se llama Sevial, ahí no participa ni esta oficina ni la Policía. Ellos solamente recogen los comparendos y los sistematizan”, agregó.
La funcionaria afirmó que ahora sigue un proceso contravencional, en el que definirán el tipo de sanción que recibirá el mandatario y el monto a pagar. Rosales indicó que todavía no pueden emitir ninguna resolución de sanción, hasta que no se surta el debido proceso y realicen las pruebas correspondientes.
“Hay que surtir un proceso en el Tránsito del Departamento. El infractor tiene cinco días para notificarse y para interponer recursos o pedir audiencia. El tiempo se le vence el lunes próximo”, enfatizó la directora Rosales.
Según el Simit, Galdino Orozco “presenta retención temporal de la licencia de conducción”. El parágrafo 3 de la Ley 1696 también estipula que, además de la multa económica, al infractor “se le cancelará la licencia y procederá la inmovilización del vehículo por veinte (20) días hábiles”.
Galdino Orozco presentó disculpas públicas el miércoles por el altercado. El alcalde rechazó que estuviera conduciendo bajo efectos del alcohol.
La Ley 1696 o ‘Ley Merlano’ fue creada por el escándalo que generó en 2012 el entonces senador Eduardo Merlano al negarse a una prueba de alcoholemia. La Procuraduría lo destituyó e inhabilitó por 10 años para ejercer cargos públicos.