La autonomía universitaria fue priorizada por el magistrado Carlos Enrique Moreno Rubio, del Consejo de Estado, quien destrabó la elección de rector en propiedad de la Universidad del Atlántico.
El fallo, con fecha del 2 de marzo de 2017, ordena levantar una medida cautelar del 7 de julio de 2015, que suspendió el proceso de elección del nuevo rector en propiedad.
La medida fue del Tribunal Administrativo del Atlántico. El magistrado también revocó una sentencia del mismo Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala Oral de Decisión, Sección B. 'En su lugar, niéguense las pretensiones de la demanda'.
El profesor Juan Barrios Villarreal y la estudiante Loly Luz de la Asunción fueron quienes presentaron demanda ante el Tribunal del Atlántico. Pedían que declararan la nulidad parcial un artículo (literal h) del Estatuto General de la Universidad del Atlántico. El literal faculta a los miembros del Consejo Superior a presentar un candidato al cargo de rector.
'Cada uno de los miembros del Consejo Superior podrá presentar un candidato.
El Consejo Superior designa o remueve de su cargo al Rector con el voto favorable de por los menos cinco de sus miembros con derecho a votación. Los candidatos que presenten los representantes de los estudiantes y de los profesores en el Consejo Superior, serán escogidos mediante el sistema de consultas internas independientes, una para cada estamento, las cuales serán reglamentadas por el Consejo Superior', se lee en el Estatuto de la UA.
Este es el fallo del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, sin embargo, concluyó que 'existe el derecho a la participación de la comunidad universitaria para la elección de todas o algunas de sus directivas, bien sea directamente, o a través de sus representantes ante los órganos de dirección, o por parte de uno sólo o algunos de sus estamentos'.
Según el magistrado, quiere esto decir que si el Consejo Superior de una universidad, por ejemplo, dentro de su propia autonomía, considera que todas las directivas se elijan por el voto directo de todos los integrantes de la universidad, es decir, siguiendo el principio de una persona un voto, 'tal procedimiento resulta perfectamente válido constitucionalmente'.
Pero, afirma, también es 'válido que el Consejo Superior determine que todas o algunas de las directivas se elijan a través de sus representantes ante el Consejo Superior o Académico u otro órgano de dirección'.
El fallo del Consejo de Estado es el resultado de la apelación presentada en su momento por la Universidad del Atlántico a través del abogado César Lorduy, en representación de los gremios económicos, y de Leyton Barrios, en representación de los egresados de la institución.