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Los recientes episodios registrados en Cartagena y Sabanagrande, donde personas, a través de supuestas bromas, hicieron que unos adultos mayores mordieran jabones al hacerles creer que eran helados y sembraron el pánico con una falsa alerta de explosivo, generaron el repudio de las autoridades y de la sociedad civil, que pidió a través de las redes sociales 'todo el peso de la ley contra estas personas'.

Lo anterior permite que la sociedad se pregunte: ¿Quién regula estas situaciones que se dan en las redes sociales? Para entrar en análisis hay que tener en cuenta que un youtuber es aquella persona que hace uso de la plataforma YouTube para compartir información en video y que un influencer es quien usa las redes sociales, haciendo uso de su imagen, para de hablar de diferentes temas a los públicos que la siguen; es decir que los episodios mencionados no fueron realizados por personas con estos perfiles, sino más por 'humorista', pues su fin último era el de hacer reír al público.

Entrando en terrenos jurídicos, el abogado Jairo Mendoza Choles señala que la norma no tiene una regulación directa sobre las redes sociales por ser 'un tema nuevo', pero el Código Penal sí contempla algunos tipos penales que podrían ser imputados ante estos casos. 

'Por lo ocurrido en Sabanagrande podría tipificarse con el delito de pánico, consagrado en el artículo 355 del Código Penal que hace parte de las infracciones de peligro común que pueden ocasionar grave perjuicio para la comunidad. Esto debido a que las circunstancias se presentaron en un espacio público', señaló el abogado.

En cuanto al tema de Cartagena, Mendoza Choles manifestó que, a pesar de que algunos consideren que esos hechos podrían tipificarse dentro del artículo 373 del Código Penal que está relacionado con el delito de imitación o simulación de alimentos, productos o sustancias, este concepto resulta 'difícil' adaptarlo a esa situación.

'Considero que podría tipificarse con el delito de injuria por vías de hecho previsto en el artículo 226, que establece prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de hasta 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes', dijo el abogado.

Mandados a recoger

Para Jair Vega, sociólogo y docente de la Universidad del Norte, el tema de burlarse de quienes hacen ver al otro como ridículo 'no es nada nuevo'.

'Antes veíamos que las personas iban al circo para reírse y burlarse de la persona rara o diferentes, pero hoy día todo es distinto. No está permitida la discriminación y no es bien visto reírse de alguien que tiene alguna discapacidad o que nos dé gracia de que alguien sea bobo por comerse un jabón. Ya es tiempo de plantear otro tipo de elementos para el humor', señala Vega.

El especialista señaló que lo que ha venido ocurriendo es que el contenido que antes se veía en programas de televisión sobre cámaras escondidas se ha trasladado a las redes sociales; sin embargo, rescata que en este escenario hay humoristas que hacen parodias de películas, y el nivel de humor 'es muy superior'.

'En todo esto el verdadero análisis que se debe dar es si todavía, en la sociedad de hoy, ese tipo de burlas desgastadas tienen espacios; aunque hayan personas dispuestas a consumir el contenido', manifiesta el sociólogo.

Los episodios

En el caso de Cartagena, la Fiscalía General de la Nación abrió una investigación con el fin de identificar a las personas que realizaron 'la broma'; mientras que la Policía Metropolitana de Cartagena (Mecar) aseguró que el caso ya tiene un proceso penal abierto, debido a que los humoristas estarían presuntamente vinculados a delitos como la imitación y simulación de alimentos, que afectan la salud pública.

Durante la tarde de ayer, uno de los requeridos que protagonizó el video se presentó, para un procedimiento policivo, a las instalaciones de la Estación de Policía Caribe Norte, ubicadas en la explanada del sector de Chambacú.

Al hombre le impusieron una multa tipo 4, equivalente a $936.320, prevista en el artículo 40, numeral 1, y otra multa Tipo 2, artículo 35, numeral 1 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, por $234.080, que totalizan cerca de $1.740.200.

'Continuamos la búsqueda de los otros dos ‘influencers’ vinculados al video', dijo la Policía de Cartagena.

Con respecto al episodio del Atlántico, la Policía informó que los uniformados lograron la ubicación de los hombres que en la carrera 6 con calle 8, en el barrio Santa Rita, dejaron abandonada una caja con cables, piedras y trapos con la que le hicieron creer a la comunidad que era una bomba.

'Los hombres fueron trasladados a la estación de Policía del municipio, donde fueron identificados y se constata que estas personas se dedican a realizar vídeos de humor' y fueron identificados como Diomedes Candanoza Pineda, de 23 años, conocido como ‘Coro Humor’; Julio Rodríguez Navarro, de 22 años y Orlando Borja Martínez, de 31, conocido como ‘Fabio Humor’.

La Policía decidió aplicar una sanción con base en el artículo 35 numeral 2 del Código Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, por 'incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de fuerza pública'. Además, fueron sancionados con una multa de 968 mil pesos.