La nación, por culpa de la Policía Nacional en Barranquilla, fue condenada por el Consejo de Estado a pagar una millonaria indemnización por el sonado secuestro del entonces concejal Orlando Rodríguez Saavedra, plagiado por el ELN en la ciénaga del Torno el día 6 de junio de 1999.
La alta corporación sentenció que el Estado no solamente debía indemnizar al edil Rodríguez Saavedra, sino a sus más cercanos familiares, ya que el rapto extorsivo los afectó moral y materialmente durante el tiempo en que Rodríguez, conocido popularmente como 'el cachaco', permaneció en cautiverio hasta el 27 de enero del 2001, fecha en la que recuperó su libertad.
Para el Consejo de Estado, el daño es imputable a la Policía Nacional de Barranquilla porque a pesar de que existía una amenaza de secuestro que ameritaba protección, la institución policial no le brindó ninguna seguridad al concejal. Según la sentencia, el secuestro era un hecho previsible para los miembros del Gaula de la Policia ya que tuvieron conocimiento que la amenaza era real y cierta al punto que terminó siendo víctima del secuestro.
Si bien la condena alcanza los 360 millones de pesos, la demanda contra el Estado colombiano había sido cuantificada por la familia Rodríguez en unos 6.468 millones de pesos, pero el Consejo de Estado consideró que el monto de los perjuicios no cubría la cuantiosa pretensión.
Por estos hechos, el Tribunal Administrativo del Atlántico había absuelto a la Nación argumentando que 'la responsabilidad de los hechos recaía sobre la víctima, quien advertida de la amenaza decidió salir con sus familiares', pero esta tesis fue rebatida por el Consejo de Estado, al señalar que dentro del proceso estaba probada la omisión de protección en la que incurrió la Policía Nacional a través del gaula. Al extinto DAS se le atribuyó responsabilidad administrativa por el plagio, pero el Consejo de Estado resolvió que nole asiste responsabilidad debido a que no fue el organismo que tuvo conocimiento directo sobre la amenaza del secuestro del 'cachaco' Rodríguez.