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Identifique el régimen pensional que más le conviene

Los aspectos como la edad, el género, los beneficiarios, el ahorro realizado y las semanas cotizadas, son elementos a tener en cuenta para que cada afiliado decida.

Son muchos interrogantes que han surgido sobre el sistema pensional en Colombia tras conocerse la propuesta del candidato presidencial Gustavo Petro de trasladar $18 billones de los fondos privados al ente público (Colpensiones).

Para resolver las inquietudes de los ciudadanos sobre el traslado de régimen pensional, EL HERALDO consultó con expertos sobre el proceso que se debe seguir para hacer este trámite.

Es de aclarar que actualmente existen dos regímenes pensionales en el país, como son el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) que es privado y lo manejan  Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, y el Régimen de Prima Media (RPM), que es público y es operado por Colpensiones.

Los pasos

Es obligatorio para que un afiliado ejecute su cambio de régimen cumplir con el requisito de la doble asesoría, donde expertos, tanto del régimen público como del privado, explican los pro y contra del futuro pensional de la persona.

Los aspectos como la edad, el género, los beneficiarios, el ahorro realizado y las semanas cotizadas, son elementos a tener en cuenta para que cada afiliado tome una decisión informada.

Quienes quieran solicitar la doble asesoría deben contactar a la entidad a la que están afiliados, ya sea un fondo privado o Colpensiones, y agendar una cita. Debe hacer el mismo procedimiento con la institución a la que desea trasladarse.

Una vez que la persona reciba las dos asesorías, se podrá trasladar libremente si así lo requiere.

Si el afiliado efectúa su traslado, pero cambia de opinión, tendrá un plazo de cinco días hábiles para retractarse.

Cabe resaltar que un afiliado no podrá trasladarse de régimen pensional, si le faltan diez años o menos para cumplir la edad que le da derecho a la pensión de vejez. Es decir, cuando las mujeres hayan cumplido 47 años y los hombres 52 años. Esto considerando que la edad de pensión para las mujeres es de 57 años y de 62 para los hombres.

Cifras de traslados

En 2021, se trasladaron 83.236 personas de los fondos privados a Colpensiones, y 1.586 lo hicieron de la entidad pública a un fondo privado.

Colpensiones informó que para febrero de 2022, un 80,7 % de sus afiliados devengaba un salario mínimo; un 7,8 % entre uno y dos salarios mínimos y un 5,9 % entre dos y cuatro salarios mínimos.

Además, un 3,2 % tiene un ingreso base de cotización de entre cuatro y siete salarios mínimos y un 2,4 %, de más de siete salarios mínimos.

En el caso de quienes están pensionados en Colpensiones a febrero de 2022, el 54,63 % cotiza una pensión de un salario mínimo, un 23, 98 % entre uno y dos salarios mínimos, un 9,3 % entre dos y tres salarios mínimos, un 6,9 % entre tres y cinco salarios mínimos.

Hay un 4,16 %, con pensiones entre cinco y diez salarios mínimos; mientras que un 1,01 % devenga entre 10 y 20 salarios mínimos. Las pensiones de más de 20 salarios mínimos solamente son el 0,01 %.

Asofondos, gremio de los fondos privados, informó que el número de afiliados aumentó un 5 % en 2021, llegando a 17,9 millones.

De acuerdo con el informe anual de la asociación, el ahorro que es propiedad de los afiliados registró un nuevo máximo al alcanzar, al cierre del año pasado, un monto total de $357,8 billones, con rendimientos que solo para los doce meses, llegaron a $31,8 billones.

Ventajas

De acuerdo con Asofondos, “la entidad privada le conviene más a la gran mayoría de los que cotizan pensiones en el país”.

“Por un lado están los que han trabajado muchos años en empleos informales y por lo tanto han pasado varios años sin cotizar (80 % de los afiliados), también le conviene más a las personas que estando en la formalidad ganan entre 1 y 2 salarios mínimos (10 % de los afiliados) y por último a las personas que tienen altos ingresos, pero pocas semanas cotizadas (5 % de los afiliados)”, indicó Asofondos.

Agregó que “la entidad pública es beneficiosa para aquellas personas que, en sus últimos 10 años de vida laboral, antes de llegar a la edad de pensión, tienen muy buenos ingresos, un trabajo estable y muchos años cotizados (aproximadamente un 5 % de la población trabajadora colombiana). Esto porque la pensión se calcula con el promedio del ingreso de esos años”.

Por su parte, Colpensiones sostuvo que las ventajas de los afiliados al pasar al Régimen de Prima Media radican en la protección y la de su familia en caso de vejez, invalidez o fallecimiento.

“En los fondos privados, el aporte de cada afiliado tiene una cuenta de ahorro individual. En Colpensiones, los aportes de los afiliados se constituyen en un fondo común de naturaleza pública, en donde los recursos se distribuyen para pagar las pensiones de todos. Es así como en el Régimen de Prima Media el valor de la pensión de vejez no dependerá del ahorro, sino del tiempo acumulado (semanas) y del salario base de cotización, más no del capital”, explicó Colpensiones.

La entidad agregó que el Estado garantiza el pago de los beneficios a los cuales se hacen acreedores los afiliados y sus beneficiarios.

Experto opina

De acuerdo con Iván Jaramillo, director del Observatorio laboral de la Universidad del Rosario, se está marcando con el paso del tiempo una tendencia favorable en traslados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) a Colpensiones.

“Esto da una muestra y una evidencia de la doble asesoría que tiene una prevalencia de aconsejar y de dar como resultado una tendencia de traslados de los fondos privados a Colpensiones, dadas las tasas de reemplazo más favorables que se han dado para este grupo poblacional”, manifestó el experto.

EL HERALDO.
La conveniencia del traslado pensional según el ingreso salarial

“A quien gana un salario mínimo, tendencialmente le va a convenir más el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), porque los fondos privados piden la garantía de pensión mínima y no el capital necesario, ya que normalmente ellos no tienen los recursos suficientes para financiar una pensión”, explicó Iván Jaramillo, director del Observatorio laboral de la Universidad del Rosario.

Agregó que para que dicha garantía de pensión mínima se active en el fondo privado, el requisito mínimo es de 1.150 semanas. “Si esa misma persona estuviera en el de Prima Media (Colpensiones), el requisito de semanas sería de 1.300”, aseguró Jaramillo.

En el caso de una persona que devenga dos salarios mínimos le convendría más estar o trasladarse al Régimen de Prima Media. “En ese régimen que opera Colpensiones, le realizan al afiliado un cálculo en función de las semanas que tenga cotizadas para entregarle una tasa de reemplazo, es decir, un porcentaje en promedio de los últimos 10 años que viene ganando”, explicó el experto en pensiones. 

Si la persona gana cuatro o cinco salarios mínimos, todo se basaría en función de las semanas.

“Si el afiliado tiene las semanas mínimas (1.300), el porcentaje que le entregarían en cuanto a la tasa de reemplazo oscila entre el 55 % y el 65 % del promedio de los últimos 10 años. Difícilmente en el Régimen de Ahorro Individual le pueden dar una tasa a ese porcentaje tan elevado, normalmente oscila entre el 20 % hasta al 35 %, pero más del 50 % no es viable. Por eso es que a las personas con este nivel salarial les conviene trasladarse a Colpensiones”, manifestó.

Añadió que “la persona que gana tres salarios y está afiliada a Colpensiones teniendo las semanas básicas, le dan el 64 % en tasa de reemplazo, y puede mejorar si tiene más semanas”. “Como en el RAIS se mide por capital acumulado y es raro que hayan tasas de reemplazo, las personas prefieren escoger el régimen público”, afirmó Jaramillo.

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