Por acordar prácticas de cartelización en el mercado del cloro y la soda caústica que van en contra de la libre competencia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso multas por más de $125 mil millones a cuatro empresas y a 13 directivos y exfuncionarios de las mismas.
De acuerdo con la SIC, las compañías Brinsa, Quimpac, Trichem y Mexichem implementaron un sistema restrictivo de la competencia en el mercado de soda cáustica en Colombia. Además, Brinsa y Quimpac, durante más de doce años (2002 a 2014), incurrieron en un cartel empresarial para repartirse los clientes de cloro en el país.
El cloro es un producto de gran importancia porque es usado por los acueductos para el tratamiento y potabilización del agua.
En el 2017 la SIC comenzó la investigación de las conductas anticompetitivas de las empresas, para lo cual contó con la colaboración de Brinsa como empresa delatora.
Brinsa confesó su participación tanto en los acuerdos sobre el cloro y soda cáustica, reconociendo su responsabilidad y colaborando con la investigación sobre la existencia y el funcionamiento del cartel empresarial.
En el mercado del cloro, el cartel conformado por Brinsa y Quinpac tenía diversas estrategias, mediante las cuales se defraudaba e inducía al error principalmente a los acueductos del país. Sus actos buscaban que el suministro del cloro que requerían las empresas para tratar sus aguas, fuera adjudicado a la compañía que ellos acordaran dentro del reparto y al máximo precio posible.
En el mercado de soda cáustica, Brinsa, Quimpac, Trichem y Mexichem acordaron implementar un sistema para limitar la competencia tras la salida de Mexichem del mercado en Colombia. Acordaron la distribución de sus volúmenes de importación entre Brinsa y Trichem, y acciones para impedir la entrada o expansión de nuevos competidores en el mercado.
Por contribuir con la investigación y cumplir los compromisos adquiridos en el Programa de Beneficios por Colaboración (PBC) respecto del mercado de la soda cáustica, la SIC le concedió a Brinsa, en condición de delator, la exoneración del 100% del pago de la multa.