Colombia

No cuestionamos pruebas ni procesos contra primera línea: Mindefensa

Iván Velásquez, ex magistrado de la Corte Suprema, explicó los alcances del decreto que liberaría a los llamados "gestores de paz".

El ministro de Defensa, Iván Velásquez, explicó este lunes a periodistas los alcances del reciente decreto que recomendaría a la justicia liberar a manifestantes de la primera línea señalados de delitos en el marco del paro nacional para que sean "gestores de paz".

"Vamos a definir seguramente esta misma semana los lineamientos que debemos establecer los miembros de la comisión -creada por el decreto para elaborar las reglas de juego de las liberaciones y el listado de 'gestores de paz'- y proceder a hacer la revisión para formular las recomendaciones al presidente", dijo.

En este sentido, aclaró que dicha comisión deberá "definir quiénes y en qué condiciones podrían ser designados como promotores en los términos de la ley, pero son recomendaciones al presidente, que es el que toma la decisión".

Agregó que se debe examinar caso por caso, "y esta decisión no significa conclusión de procesos ni de investigaciones: es una decisión referente a privaciones de la libertad a las personas que resulten designadas como promotores" y que la comisión tendrá que "definir cuál sería la naturaleza de los delitos, si hay exclusiones, si están condenados o imputados, y eso tiene que ver con la actividad que tenemos que asumir esta misma semana".

Y concluyó el ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia que "la tarea no es cuestionar las pruebas ni los procesos, solo definir de acuerdo con los criterios que adoptemos quiénes podrían ser designados como promotores".

Se trata del Decreto 2422 del 2022, por medio del cual se crea la Comisión Intersectorial para la Promoción de la Paz, la Reconciliación y la Participación Ciudadana, que tendrá como tarea fundamental “la coordinación y articulación para la ejecución de la facultad presidencial de admitir como voceros a ciudadanos o ciudadanas pertenecientes a organizaciones sociales y humanitarias que se encuentren privadas de la libertad”.

Esta Comisión, que será presidida por el ministro de Justicia, tendrá entre sus funciones la de “recomendar la admisión o exclusión de ciudadanos o ciudadanas pertenecientes a organizaciones sociales y humanitarias que se encuentren privadas de la libertad como voceros”.

Además, la Comisión definirá “los lineamientos técnicos y las condiciones para la implementación de la ejecución de la facultad presidencial establecida en el artículo 5 de la Ley 2272 de 2022”, es decir, admitir como voceros a ciudadanos o ciudadanas pertenecientes a organizaciones sociales y humanitarias privados de la libertad.

En el mismo sentido, el Decreto 2422 determina que la Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y señala que entre sus tareas está la de convocar a las sesiones de manera ordinaria, por lo menos una vez cada trimestre.

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