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La Procuraduría General de la Nación solicitó al Juzgado Octavo Civil del Circuito de Barranquilla declarar improcedente la acción de tutela y las medidas transitorias promovidas por la Unión Temporal Centros Poblados Colombia 2020 en contra del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, al considerar que no hay vulneración de derechos fundamentales y el operador judicial no es el competente para este caso.

El Ministerio Público indicó que con esta acción la Unión Temporal pretende evitar los efectos de las resoluciones 01747 y 02013 de 2021 de MinTic, dentro del expediente de incumplimiento contractual N°. 26 de 2021, por el cual se declaró la caducidad del contrato de conectividad, y el Auto 644 de 2021 que dispuso como medida cautelar el embargo, secuestro y retención de bienes de los integrantes de la UT.