"El proyecto de ley, que obtuvo 10 votos a favor y 4 en contra en el primer debate, debe pasar ahora a discusión de la plenaria del Senado.

Con la aprobación en primer debate del proyecto de Ley Estatutaria que reglamentaría la práctica de la eutanasia y la asistencia al suicidio en Colombia, propuesto por el senador Armando Benedetti, se suscitó de nuevo la discusión entre quienes apoyan la iniciativa y quienes están en contra.

Si bien la eutanasia fue aceptada en Colombia desde 1997, gracias a una sentencia de la Corte Constitucional, nunca se había cristalizado en el Congreso su legalidad porque los tres proyectos de Ley presentados anteriormente fueron archivados, por lo tanto el vacío legal cohibía a la mayoría de los médicos de practicarla.

Sin embargo, casos como el de la familia Arango Paez* se acogieron a la sentencia de la Corte que dictaminó el homicidio eutanástico o por piedad. Los familiares de John Arango* se vieron enfrentados a la dolorosa decisión cuando, tras dos meses de estar en coma, los médicos dijeron que el joven de tan solo 15 años con muerte cerebral quedaría el resto de su vida como un “vegetal”. John*, postrado en una cama, ya no tenía la facultad de comunicar si quería o no seguir viviendo conectado a máquinas y tubos en una unidad de cuidados intensivos. Ante la triste e irremediable realidad, los padres de John* le pidieron a los médicos que lo desconectaran “para que tuviera una muerte digna y no se le prolongara el sufrimiento. Inducir su muerte, aunque estuviera muerto en vida, es lo más difícil que he tenido que hacer”, dijo su madre, 10 años después de la partida de John*.

Historias como esta –en la que nos reservamos los nombres reales– son las que no respalda la Iglesia Católica. Al respecto, el padre Pedro Mercado Cepeda, secretario Adjunto del Episcopado encargado de las relaciones con el Estado, aseguró que le “desconcierta que el Congreso de la República desatienda tantos temas fundamentales y urgentes de la vida nacional como, por ejemplo, la necesaria reforma al sector salud, donde tantos colombianos luchan por permanecer en vida y no por morir”. Agregó que el favorecimiento de condiciones de salud, de trabajo y de educación dignas para los ciudadanos es en lo que deberían concentrarse más los esfuerzos del poder legislativo.

“Todos anhelamos la felicidad y por ello sentimos una natural aversión a padecer una muerte en condiciones de dolor o sufrimiento. Tal aversión no justifica, sin embargo, que se atente contra la vida humana propia o ajena. Ninguna circunstancia, por grave que parezca, justifica que se atente contra la vida de un ser humano. La vida es siempre digna y debe ser protegida por el Estado en toda circunstancia. En Colombia, la vida es constitutivamente y constitucionalmente inviolable”, sostuvo el clérigo.

Asimismo, indicó que la Iglesia Católica en Colombia le pide al Congreso que asuma con responsabilidad su tarea de defender la vida y “promueva no a la eutanasia, la muerte, sino condiciones de vida digna para todos los colombianos”. Ante la posición de la Iglesia, el senador Benedetti, del partido de la U, sostuvo que “los católicos que crean que no pueden aplicarse la eutanasia, no se la aplican. Habrá personas que tengan otra forma diferente de pensar y la aplicarán, no se va a obligar a nadie”.

Otro punto de vista relevante en este tema es de la comunidad médica. Por ello, consultamos la opinión del médico internista Antonio Mattar, para quien el término eutanasia tiene un significado muy amplio y unas indicaciones muy específicas. “Para definir la eutanasia hay que estudiar cada caso particular y, generalmente, es en muy pocas instancias que se puede indicar. Debe hacerse bajo condiciones muy especiales porque es una línea muy frágil la que se puede pasar y afectar aspectos éticos, legales, morales, etc”, dijo Mattar.

Agregó que, generalmente, no es el mismo paciente el que decide que le apliquen la eutanasia, sino los familiares cuando él ya no tiene ninguna capacidad de decisión. “Para aplicarse la eutanasia debe haber un soporte legal muy amplio porque se puede prestar para situaciones irregulares”.

*Nombre cambiado
Por Liz Held Casalins

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