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Bogotá. Tras la emisión del fallo de la Corte Constitucional en que declara inexequible la creación de un fondo para el pago de los pasivos de los hoteles de la Nación, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Fontur, a través de un comunicado, informaron que aunque no conocen oficialmente los alcances de la decisión, 'aclaran a la opinión pública que en ningún caso se afecta el proceso de recuperación del Hotel El Prado ni el contrato recientemente celebrado, mediante el cual se entregó en concesión para su administración y operación, por 30 años'.

Se trata de una decisión del alto tribunal defensor de la Carta Magna en la que declaró inexequible el artículo 15 de la Ley 1753 de 2015, mediante el cual se ordenó la creación de un fondo que debía ser manejado por Fontur, de manera transitoria, y a través del cual se permitiría el pago de pasivos pensionales y labores de hoteles de propiedad de la Nación. Dicho contrato previó el giro de recursos por parte del concesionario para atender estos pasivos.

'Temporalmente, y mientras ingresan los recursos de la concesión, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y Fontur estudian las alternativas que permitan manejar estas partidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y pensionales del hotel', se lee en el comunicado.