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Fuentes del Ministerio de Justicia le dijeron este martes a EL HERALDO que lo que pidió la Fiscalía hace dos semanas, a través de la Cancillería, ante Venezuela, 'no es la solicitud de extradición formal de Juan Carlos Sánchez Latorre, alias Lobo Feroz; es la solicitud de detención provisional con fines de extradición'.

Este requerimiento, agregó la fuente, no debe pasar por el Ministerio: va directamente a Asuntos Jurídicos Internacionales de la Cancillería. 'Para que haya solicitud de extradición formal, la autoridad judicial nos debe remitir los documentos para revisarlos y perfeccionar el expediente. Una vez realizado este paso, se remite al Ministerio de Relaciones Exteriores para el trámite respectivo'.

A su vez, fuentes de la Cancillería le confirmaron a EL HERALDO que aún no se ha hecho la solicitud formal de extradición del señalado violador de niños en serie y que desde el pasado 26 de enero, la solicitud de detención con fines de extradición quedó radicada ante la Cancillería venezolana.

Una vez Caracas acuse recibo, Bogotá tendrá un plazo de 90 días para hacer la solicitud formal de extradición del barranquillero Sánchez Latorre.

En una misiva enviada el 26 de enero pasado, la directora de Asuntos Internacionales de la Fiscalía, Ana Castro, pidió a la directora de Asuntos Jurídicos de la Cancillería, Alejandra Valencia, solicitar a Venezuela la detención preventiva con fines de extradición del ‘Lobo Feroz’, señalado de la violación de al menos 276 niños en la región Caribe.

'Me permito remitir la comunicación suscrita por los doctores, Diana Cifuentes, fiscal 251 delegada ante los jueces penales del circuito de Bogotá y Johnny González, fiscal 38 delegado ante los jueces penales del circuito de Barranquilla' para pedirle a Caracas la detención con fines de extradición, se lee en el documento.

Según la ley, para solicitar a un colombiano en extradición formalmente desde el exterior, la autoridad judicial solicitante, es decir, un fiscal o un juez 'pedirá al Ministerio de Justicia que solicite la extradición (...) cuando contra una persona que se encuentre en el exterior se haya proferido en Colombia resolución que resuelva la situación jurídica, imponiendo medida de aseguramiento, resolución de acusación en firme o sentencia condenatoria por delito que tuviere pena privativa de la libertad no inferior a dos años de prisión'.

Posteriormente, la cartera del derecho examina la solicitud y la envía a la Cancillería, ente que 'sujetándose a los convenios o usos internacionales, adelanta las gestiones diplomáticas necesarias para obtener del gobierno extranjero la extradición'.

Las autoridades colombianas conocen de los crímenes del ‘Lobo Feroz’ desde 2011, tras la captura en Jalisco, México, de Héctor Manuel Farías López, a quien se le hallaron según la Dijín más de 1.400 fotografías y 15 videos de abusos sexuales a 276 menores que le habría vendido el barranquillero.

No obstante, la Fiscalía, aunque inicia el caso contra Sánchez Latorre el 8 de febrero de 2011, solo logra la orden de captura del presunto violador en serie hasta el 13 de julio de 2016, es decir, cinco años después.

En este caso, además, se dejó en libertad en dos ocasiones al ‘Lobo Feroz’ en juzgados de Barranquilla, el 7 de Garantías en enero de 2008 y el 9 de Garantías en noviembre de ese mismo año.