El Heraldo
Elías Abohomor cuando fue detenido en junio de 2012.
Judicial

Condenan en firme a juez que otorgó la libertad a Elías Abohomor

El caso del comerciante vinculado y condenado por la masacre de Caño Dulce volvió a la palestra luego del hecho criminal en el que resultó herido. Hoy este dice que no tiene cuentas pendientes con la justicia.

La versión del comerciante barranquillero Elías Eduardo Abohomor Salcedo sobre sus cuentas saldadas con la justicia, la cual entregó el viernes anterior desde su lugar de reposo tras ser baleado el sábado 27 de octubre, coincide con lo que hasta ahora han indagado la Policía Metropolitana de Barranquilla y la Fiscalía frente a su caso: no tiene ningún requerimiento judicial, ni orden de captura vigente, ni siquiera un llamado a interrogatorio pendiente, pese a su vinculación y condena años atrás por la recordada masacre de Caño Dulce. 

En aquel episodio, ocurrido a la 1:50 p.m. del 14 de agosto de 2006, fueron asesinados los ciudadanos Carlos Victoria Trujillo, Carlos Villegas Romero, Daniel Jiménez Meneses, Arnober Pino Muñoz, Julián Celis Hoyos, y Jorge Aristizábal Chavarría. 

Estas seis personas habían llegado a la ciudad luego de un viaje desde Medellín para cobrarle una vieja deuda a Elías Abohomor de $1.300 millones, en un supuesto negocio de tierras. Pero el comerciante, según la investigación adelantada por la Fiscalía, dijo que los seis hombres intentaron secuestrarlo y pidió la intervención de la Segunda Brigada del Ejército, específicamente el Grupo Gaula. Inmediatamente, tras la denuncia del comerciante, el organismo castrense entró a participar en la investigación y nombró el caso como ‘Operación Apocalipsis’. 

Horas después de la denuncia, los seis ciudadanos fueron asesinados por miembros del Gaula Militar en el balneario de Caño Dulce, en el municipio de Tubará, Atlántico. Se estableció que la escena del crimen fue alterada por los militares para simular un presunto enfrentamiento, y así justificar la falsa operación antisecuestro en la cual supuestamente fueron rescatados Abohomor y su primo. La Fiscalía plasmó además dentro de su investigación que este fue uno de los primeros ‘falsos positivos’ de las Fuerzas Militares del país. 

El ente investigador, en un largo proceso, determinó que todo se trató de un plan ideado por Abohomor y su primo Alex Navarro Salcedo, para “quitarse de encima a quien les reclamaban la deuda”.

Después del caso, solo se supo del comerciante y su primo hasta junio de 2008 luego de que fueran detenidos por las autoridades de República Dominicana. Tras el múltiple homicidio, se supo que Abohomor Salcedo y Navarro huyeron hacia Venezuela y después se radicaron en el país caribeño. Los dos fueron deportados y encarcelados en Barranquilla. 

Hacia octubre de 2010, el Juzgado Séptimo Penal de Barranquilla falló un Hábeas Corpus a favor de los primos al considerar que estos permanecían detenidos por fuera del término legal: ya había pasado el tiempo suficiente desde la acusación de la Fiscalía y su situación jurídica no había sido resuelta.

Luego de eso, en 2011, Abohomor y Navarro fueron condenados en ausencia por homicidio agravado, secuestro simple, falso testimonio, fraude procesal y falsa denuncia (Navarro no) como presuntos autores intelectuales de la masacre. Junto con ellos también resultaron acusados siete miembros del Ejército y un funcionario del extinto DAS. 

A los primos les fue impuesta inicialmente una condena de 14 años de cárcel por el Juzgado Único Penal del Circuito de Barranquilla Especializado de Descongestión. Sin embargo, en abril de 2012 la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla les aumentó la pena a 31 años.

Escena de la masacre de Caño Dulce, ocurrida en agosto de 2006.

Seis meses de cárcel

Parece increíble, pero resulta cierto que el comerciante Abohomor Salcedo y su primo no llegaron a pagar ni un año de la condena proferida por el Tribunal Superior de Barranquilla. 

Cabe recordar que en junio de 2012, agentes de la Sijín detuvieron a Abohomor en cumplimiento a una orden de captura por la condena del Tribunal. Fue enviado a la cárcel Modelo y en diciembre de ese mismo año, a escasos seis meses, salió en libertad luego de acudir otra vez a la figura de Hábeas Corpus que le fue concedida por un juzgado del municipio de Córdoba Tetón, en Bolívar, bajo el argumento de que su detención no cumplió con los requisitos legales.

En el caso de Navarro Salcedo, no se logró su detención. 

En 2013, se conoció que Elías Abohomor y su primo Alex Felipe Navarro Salcedo elevaron a través de su abogado una demanda de casación ante la Corte Suprema de Justicia contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Barranquilla. 

En noviembre de ese año, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, en cabeza del magistrado ponente Fernando Alberto Castro Caballero, resolvió “inadmitir las demandas de casación presentadas por el defensor de Elías Abohomor y Alex Felipe Navarro Salcedo”. 

Además, en su fallo, el magistrado ordenó “casar oficiosa y parcialmente la sentencia en orden a restablecer las garantías de la competencia funcional y non bis in ídem, en consecuencia, señalar que el procesado Elías Abohomor Salcedo debe cumplir la pena de prisión de 322 meses (26 años)… y Navarro Salcedo 319 meses… Contra esta providencia no procede ningún recurso, devuélvase al Tribunal de origen”, se lee en el documento obtenido por esta casa periodística.  

Pese a eso, los primos no fueron buscados por las autoridades ni tuvieron algún requerimiento de un Juzgado de Ejecución de Penas, hasta donde saltó el proceso. 

La tutela y juez

El proceso de Abohomor y su primo reposó un par de meses en un despacho de esa judicatura hasta que en enero de 2014, apareció en el radar una tutela instaurada por ambos. 

Edwin Ricardo Volpe Iglesias, en calidad de Juez Noveno Penal Municipal de Barranquilla, en auto del 16 de enero de ese año, sin tener competencia, avocó conocimiento de la acción instaurada por Alex Felipe Navarro y Abohomor contra la Sala Penal del Tribunal Superior, en virtud de la sentencia de abril de 2012. Los accionantes solicitaban que esta fuera dejada sin efecto. 

Al resolver la solicitud de amparo, el funcionario judicial, de manera ilegal, en fallo del 28 de enero de 2014 accedió a las pretensiones de la demanda al reconocer una vía de hecho inexistente, pues adujo que la Sala Penal de Tribunal Superior “incurrió en una indebida valoración probatoria y vulneró los derechos fundamentales de los actores (Navarro y Abohomor)”. 

Por esa razón, los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, el 13 de febrero de 2014, formularon denuncia penal contra el juez Edwin Volpe por el favorecimiento de los condenados. 

Dos años después de esa denuncia, a finales de febrero de 2016 la Fiscalía General imputó al juez Volpe por el delito de prevaricato por acción en concurso homogéneo y sucesivo, cargos que no fueron aceptados. 

Para la Fiscalía, entre las irregularidades halladas en la investigación, el “juez noveno penal municipal construyó indiscutiblemente su propia argumentación a partir de unos supuestos que no se cumplían; eso sí, con la única finalidad de adoptar una decisión que es contraria a las disposiciones y principios antes señalados”. 

El 28 de septiembre de 2017, la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla emitió sentencia condenatoria contra Volpe Iglesias al encontrarlo “penalmente responsable de las conductas de prevaricato por acción en concurso homogéneo y sucesivo”. De paso, este fue sacado del cargo, pero logró lo que los primos Navarro y Abohomor buscaban: tumbar la condena proferida por el Tribunal Superior de Barranquilla y que luego fue de conocimiento de la Sala Penal de la Corte. 

EL HERALDO obtuvo de la Corte Suprema de Justicia el resultado de un recurso de apelación interpuesto este año por el abogado del ex juez Edwin Volpe en contra de la sentencia de septiembre de 2017. 

La solicitud fue fallada el pasado 10 de octubre. En la decisión del magistrado ponente Luis Guillermo Salazar Otero se deja en firme que al ex togado “se le imponen las penas principales de 52 meses de prisión, 70 salarios mínimos legales a título de multa y 90 meses de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas”. 

Alex Navarro Salcedo y Elías Abohomor Salcedo, tras la supuesta liberación en Caño Dulce.

El hombre invisible

En el caso de Elías Abohomor Salcedo, de 52 años, su nombre había permanecido en el anonimato, con un bajo perfil, hasta el pasado sábado 27 de octubre, cuando resultó envuelto en un incidente en el Centro de la ciudad. 

La Policía Metropolitana de Barranquilla investiga el hecho como un intento de atraco, aunque fuentes judiciales señalan que se trató de un intento de sicariato.  

Consultado por este medio, un reconocido abogado penalista de la ciudad señaló que Abohomor se encuentra en libertad porque después de la sentencia de Volpe “el caso llegó hasta allí”. Según la fuente consultada,  no hubo un procurador, un delegado del Ministerio Público o alguna de las partes intervinientes en el proceso que hubiesen podido pedir la nulidad de esa sentencia de Volpe, “haber propuesto una nueva tutela o una contratutela que es un caso excepcional y ese caso lo hubiese podido ameritar”. “El caso murió con la tutela de Edwin Volpe, pero las autoridades no debieron dejar que pasara a sabiendas de que Volpe fue condenado por incurrir en errores. Dejaron morir el caso”, afirmó el penalista. 

Finalmente este aseguró que se debió actuar en este proceso con inmediatez, en el sentido de que pasaron los años y “todo el mundo se cruzó de brazos”. “El caso de Abohomor fue algo que pasó de manera inexplicable, pues esa tutela admitida por Volpe tenía segunda instancia y podía haber llegado hasta la Corte Constitucional”. El abogado habla en tiempo pasado al argumentar que los recursos se interponen en unos plazos y en esta historia parece que el tiempo se venció. Por eso Abohomor sigue siendo el hombre invisible, por lo menos para la justicia de este país. 

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