El secretario general del Senado de la República, Diego González, certificó en la tarde de este martes el hundimiento de la consulta popular presentada por el Gobierno de Gustavo Petro en la plenaria de la cámara alta con una votación de 49 contra 47, en una sesión realizada el pasado 14 de mayo.
De acuerdo con González, la solicitud de emitir un concepto cumplió el principio de publicidad y se deliberó previamente.
En este sentido, el secretario, que ha sido blanco de críticas por el Gobierno, explicó que: “la Solicitud presentada por el Gobierno Nacional no es un proyecto de ley, sino un mecanismo de participación ciudadana expresamente previsto en la Constitución Política (artículo 104) y en las leyes 134 de 1994 y 1757 del 2015. Estas normas configuran un procedimiento especial, autónomo y distinto al trámite legislativo ordinario. Así, para este caso concreto, el rol del Senado no consiste en legislar, sino en emitir un concepto previo sobre la conveniencia de la convocatoria realizada por el Presidente de la República”.
De acuerdo con Armando Benedetti, ministro del Interior, hubo vicios de trámite porque no se leyó lo que se votaría y, por tanto, el pronunciamiento de la plenaria no existe.
“Lo que sucedió en esa sesión tortuosa es que queda claro que el presidente del Senado dice: ‘siguiente punto del orden del día’, el secretario lee el orden del día, apagan el micrófono y el presidente del Senado dice de una vez ‘abra el registro para votar lo de la consulta’“, explicó Benedetti.
En ese contexto, el ministro agregó: “en la Ley Quinta, el artículo 125 dice que todo lo que vaya a ser votado tiene que leerse y tiene que haber una proposición. En este caso, tenía que haber un concepto y no se leyó el objeto de lo que se iba a votar; luego, el Senado no se pronunció”.
Sin embargo, González aclaró: “ess importante resaltar que el Senado no votó ninguna proposición, porque nunca la hubo: la solicitud no es una proposición, y tampoco fue presentada una proposición por parte de Gobierno o Senadores, para que fuera sometida a votación”.
Por último, explicó que durante la sesión plenaria del Senado celebrada el 14 de mayo del 2025, la votación de la solicitud se encontraba incluida en el orden del día, el cual fue debidamente publicado.
“En el desarrollo de dicha sesión, a las 6:12:45 de la grabación oficial, el Presidente de la Corporación solicitó al Secretario anunciar el siguiente punto del orden del día. El Secretario, de forma clara y expresa, indicó que se trataba de la votación de la consulta popular de carácter nacional presentada por el señor Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, y sus ministros. Acto seguido, el presidente del Senado ordenó abrir el registro de votación, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 43 y 130 de la Ley 5 de 1992″.