Con motivo de la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud por la fiebre amarilla, el Ministerio de Transporte anunicó medidas obligatorias que tendrán que cumplir los colombianos para viajar por tierra o de manera fluvial dentro del país.
De acuerdo a la resolución, las medidas estarán vigentes mientras esté activa la emergencia sanitaria para “garantizar la movilidad y salud de los usuarios en el territorio nacional”.
Uno de los requisitos para viajar será que todo viajero deberá presentar el carné o certificado de vacunación contra la fiebre amarilla al momento de adquirir tiqueres, sea en puntos físicos o de manera virtual.
En las terminales terrestres y fluviales en todo el país estarán obligadas a solicitar dicho carné o certificado.
Hay que recordar que el decreto de emergencia sanitaria fue difundido el pasado 21 de abril, pero firmado el 16 del mismo mes. En la resolución se establece como medida prioritaria la vacunación de de todas las personas desde los 9 meses en adelante.
Asimismo, señala que la emergencia sanitaria estará vigente en el país hasta que haya transcurrido al menos ocho semanas epidemiológicas sin casos humanos.
Además, el Ministerio de Salud estableció que las autoridades de policía, a nivel local, deberán implementar en los municipios de “riesgo muy alto” medidas restrictivas de movilidad de las personas y de acceso a zonas de circulación activa del virus de fiebre amarilla, a que haya lugar, “tendientes a que las personas que no cuenten con antecedente vacunal no se constituyan en un factor que incremente la transmisión del virus”.
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“En los municipios de alto riesgo, se deben activar las Redes de Vigilancia Epidemiológica Basada en la comunidad (REVCom) para el reporte oportuno de personas con síntomas compatibles con un síndrome ictérico-hemorrágico. También se debe reportar la presencia de monos o mamíferos pequeños enfermos, muertos o restos de huesos”, se lee en la medida.