El Heraldo
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Barranquilla

Por robo de energía, cierran dos billares en el sur de Barranquilla

La empresa Air-e informó que, conjuntamente con las autoridades e inspección de Policía, detectaron manipulación de las redes eléctricas.

Las acciones contra el robo de energía continúan. En esta ocasión, las autoridades –en una operación conjunta con la empresa Air-e– detectaron la manipulación de las redes eléctricas en dos establecimientos de comercio ubicados en el sur de Barranquilla.

De acuerdo con la información suministrada por la operadora del servicio en la ciudad, los dos establecimientos instalaron la energía sin autorización de la empresa y no pagaban por el consumo.

Ante esta situación, se ordenó –además– el cierre temporal de los locales por la presunta violación del artículo 92, numeral 13 del Código Nacional de Policía y Convivencia por “Instalar servicios eléctricos u otros especiales, sin previa autorización escrita de la empresa de servicios públicos respectiva”.

El primer procedimiento se llevó a cabo en billares La Academia, ubicado en la calle 94 con la carrera 12A, en el barrio Ciudad Modesto. Este establecimiento tenía una línea directa por fuera de la medida.

“La empresa pudo establecer que a consecuencia de esta instalación irregular el establecimiento viene robando energía desde hace varios años, la cual equivale a una suma superior a los 200 millones de pesos”, informó el gerente de Servicios Jurídicos de Air-e, Fermín De la Hoz.

El segundo procedimiento fue en el Club de Billar La Rueda, ubicado en la calle 76 con la carrera 6F, barrio El Bosque de Barranquilla, cuya instalación se hizo a través de una línea directa, con un consumo estimado de más de $9 millones.

En ambos casos se trata de establecimientos que cuentan con equipos de aire acondicionado y refrigeración de alto consumo, dijo la empresa a través de un comunicado de prensa.

Frente a esta situación, Air-e continuará aplicando el artículo 92 del Código Nacional de Policía y Convivencia, el cual tiene prevista una multa de dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes, suspensión de las actividades entre 3 y 10 días y si hay reincidencia en un año se podrá ordenar el cierre del establecimiento.

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