El Heraldo
La directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Martha Lucía Zamora. Cortesía
Barranquilla

Gobierno prepara contraofensiva frente a decisión sobre Cortissoz

La directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Martha Lucía Zamora, dijo a EL HERALDO que están revisando la posibilidad de presentar un recurso de anulación en contra de la decisión.

A pesar de la sólida posición que el Estado colombiano tuvo frente a la demanda que presentó el Grupo Aeroportuario del Caribe por presuntas imposibilidades para el desarrollo de las obras en el aeropuerto Ernesto Cortissoz, el tribunal de arbitramento determinó que el contrato de concesión debe liquidarse de forma anticipada.

(LeaPumarejo pide a la ANI buscar una salida para terminar obras en el Cortissoz)

La directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Martha Lucía Zamora, habló con EL HERALDO sobre las implicaciones de esta decisión y el futuro próximo alrededor de la terminal aérea ubicada en Soledad y que presta sus servicios a Barranquilla.

P.

¿El Estado comparte el sentido del fallo? ¿Por qué?

R.

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Andje) comparte parcialmente el fallo. Compartimos la decisión de no condenar a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) a pagar la millonaria indemnización que el Grupo Aeroportuario del Caribe (GAC) exigía, pero no compartimos que el Tribunal haya ordenado la terminación anticipada del contrato, derivada de la supuesta afectación que sufrió el concesionario por las medidas adoptadas por el Gobierno para contrarrestar y conjurar los efectos de la pandemia de la covid-19.

Es claro que esto no quiere decir que la Andje considere que tales medidas no afectaron a los concesionarios de transporte aéreo, puesto esto lo hemos reconocido y es un hecho notorio. Pero en el caso del GAC, su crisis financiera no se origina por la adopción de las medidas, porque desde antes de marzo del 2020, mes en el que empezaron algunas restricciones en el transporte, el GAC ya se encontraba en serias dificultades económicas, incumpliendo el pago de los créditos y aportes de capital. Esto, y no las medidas de restricción, fue lo que desató la crisis económica del GAC.

La Andje respeta las decisiones jurisdiccionales, pero consideramos que no se cumplen los requisitos establecidos contractualmente para la procedencia de la terminación anticipada del contrato de concesión.

P.

¿Esperaban una decisión diferente, por ejemplo, que se le aplicarán sanciones al concesionario? ¿Cuáles son los argumentos para esta posición de ustedes?

R.

En algunos aspectos se esperaba una decisión diferente, teniendo en cuenta que la Andje sostuvo que el concesionario incumplió el contrato previamente al acaecimiento de la pandemia del covid-19, incumplimientos referidos al financiamiento del proyecto y atrasos en las intervenciones.

Debe señalarse que la Agencia Nacional de Infraestructura presentó una demanda de reconvención, coadyuvada por la Andje, que pretendía una condena de más de $67.000 mil millones por los incumplimientos imputables al Concesionario. La Andje esperaba una condena a cargo del GAC en este sentido.

Como argumentos de la Andje  se planteó que de cara a los análisis realizados las dificultades de flujo de caja y liquidez del concesionario no tuvieron su génesis en la pandemia del covid-19 y las medidas adoptadas por el Gobierno nacional, sino en una gestión antieconómica que ocasionó afectación al normal desarrollo del contrato de concesión. 

P.

¿Que sigue tras el fallo? ¿Hay algún plazo para que se adelante la liquidación?

R.

Antes de esto hay que señalar que en estos momentos la Agencia Nacional de Infraestructura y la Andje están revisando la posibilidad de presentar un recurso extraordinario de anulación en contra del laudo.  En todo caso, la liquidación deberá tramitarse de conformidad con las estipulaciones contractuales.

P.

¿Qué se tendrá en cuenta para hacer la liquidación? ¿Qué pasa con las obras que no han culminado?

R.

La liquidación es en esencia un cruce de cuentas respecto de las obligaciones del contrato de concesión, esté tramite se surtirá de conformidad con lo establecido en la cláusula 22.3 (c), que se refiere a la terminación anticipada en etapa de administración, operación, mantenimiento, explotación comercial, adecuación y modernización. 

La Andje considera que el concesionario actual no debería ejecutar nuevas obras, teniendo en cuenta la decisión adoptada por el tribunal de terminar de forma anticipada el contrato.

P.

¿Hay posibilidad de lograr un acuerdo que permita seguir al Grupo Aeroportuario del Caribe como operador del Ernesto Cortissoz?

R.

En el desarrollo del tribunal de arbitramento se analizaron varias propuestas presentadas por el concesionario para lograr un arreglo directo de la controversia y continuar adelante con la ejecución del contrato de concesión, pero la ANI concluyó que esas propuestas no cumplían con las condiciones requeridas para garantizar la normal ejecución del contrato, razón por la cual fueron desestimadas.

P.

¿Y quién se encargará de la terminal aérea después de finalizado el contrato? ¿Se buscará un nuevo operador?

R.

La Agencia Nacional de Infraestructura deberá determinar las decisiones a adoptarse, para la continuación de la operación y administración del aeropuerto Ernesto Cortissoz.  En teoría el Gobierno podría considerar encargarse directamente de la administración y operación, pero también podría diseñar un nuevo proceso para la contratación de un tercero que lo haga.

P.

En el tiempo que dure el proceso de definir el nuevo operador, ¿quién deberá manejarlo?

R.

También es una decisión de la Agencia Nacional de Infraestructura que entendemos en estos momentos está revisando.

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