Con el objetivo de garantizar la seguridad, el orden público y la convivencia ciudadana durante las festividades religiosas de “Santa María Magdalena” y la virgen del Carmen en el corregimiento de Caracolí, la Alcaldía de Malambo expidió el Decreto 123 del 8 de julio, por medio del cual se dictan medidas policivas y de control durante la temporada festiva que irá del 13 al 22 de julio.
Entre las disposiciones más destacadas, se prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero hombre entre las 10:00 de la noche y las 5:00 de la mañana. Esta restricción aplicará desde el sábado 13 hasta el lunes 22 de julio, con excepciones para miembros de la fuerza pública, organismos de socorro, policía judicial, personal de tránsito, escoltas debidamente identificados y personal de vigilancia privada, entre otros.
Asimismo, el decreto establece los horarios de funcionamiento para los establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, los cuales quedarán así:
• Sábado 13 de julio: hasta las 2:00 a.m. del domingo
• Domingo 14 de julio: hasta las 3:00 a.m. del lunes
• Lunes 15 de julio: hasta la 1:00 a.m. del martes
• Martes 16 de julio: hasta las 11:59 p.m.
• Miércoles 17 de julio: hasta la 1:00 a.m. del jueves
• Viernes 18 de julio: hasta la 1:00 a.m. del sábado
• Sábado 19 de julio: hasta las 3:00 a.m. del lunes
• Lunes 21 y martes 22 de julio: hasta las 11:59 p.m.
El decreto también prohíbe el consumo de bebidas embriagantes, el uso de pick up, altoparlantes y amplificadores en tiendas, estancos, droguerías y espacios públicos. Además, se restringe la permanencia o circulación de menores de edad en lugares donde se expendan bebidas alcohólicas, si no están acompañados por un adulto responsable.
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Los establecimientos que no respeten los horarios o funcionen de forma clandestina serán sancionados conforme a lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana).
En cuanto al uso de pick up foráneos, altoparlantes o cabinas de sonido, se requerirá autorización previa y concepto favorable de la Secretaría de Gobierno.
Finalmente, el decreto advierte que, si algún menor resulta lesionado o causa daños por manipulación de juegos pirotécnicos o elementos peligrosos, será puesto a disposición de las autoridades competentes, y sus padres recibirán comparendos conforme a la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia) y la Ley 1801.