Se ha conocido que hace ya más un mes se radicó en la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República, para consideración y trámite de firma, el Proyecto de Decreto “Por el cual se reglamenta el Defensor del Usuario en Salud”, presentado por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Como se sabe, la figura del Defensor del Usuario en Salud está pendiente de ser creada desde hace un poco más de seis años cuando se contempló en la Ley 1122 del 2007 - una de las múltiples reformas del sector salud - pero nunca se reglamentó dicha creación. Más adelante, en una nueva reforma, la que se generó con la Ley 1438 de 2011, se abordó nuevamente este tema y se definieron los mecanismos de financiación para hacer realidad la existencia y operación de esa figura tan necesaria para los ciudadanos de este país. Sin embargo, transcurridos más de dos años de haber sido sancionada dicha Ley, el Defensor del Usuario en Salud aún no existe porque tampoco se ha reglamentado.
Llama la atención que en el texto del Proyecto de Ley ordinaria que originalmente radicó el gobierno ante el Congreso el pasado mes de marzo, contemplaba la derogación, entre otros artículos, del artículo 137 de la Ley 1438 de 2011 que precisamente es el que establece las condiciones de operación y financiación del Defensor del Usuario de Servicios en Salud, lo que traducía que para el gobierno la creación de la figura de ese defensor no estaba contemplado que sobreviviera en su presente agenda reformista para el sector salud.
Finalmente parece que el ejecutivo se decidió a ponerse al día con un pendiente que para algunos resultaba injustificada en su falta de reglamentación, no solamente por el tiempo transcurrido desde que el Congreso le dio esas herramientas legales al gobierno, primero en el 2007 y después en el 2011, sino que es indudable que si existen unos usuarios en Colombia que sean más maltratados y vulnerados en sus derechos, son justamente los usuarios de los servicios de salud y por ello requieren con urgencia y con razón alguien que ejerza su vocería ante las autoridades correspondientes para que en últimas los defienda de tanto atropello e injusticia de la que resultan víctimas.
El Proyecto de Decreto que desde el 24 de junio está para la firma del presidente Santos, contempla que este defensor será el vocero de los usuarios ante las aseguradoras a las que están afiliados los primeros, así como que será la Superintendencia Nacional de Salud la que fije la estructura, el proceso de selección y la financiación de la puesta en marcha del citado Defensor; el Proyecto también define las funciones que tendría este defensor.
Resultará vital para que esta figura sea una solución importante para la cada vez más grave problemática que afecta a los pacientes en este país, que a este defensor se le garantice su autonomía funcional y le permita desarrollar así una labor efectiva y significativa a favor del respeto al derecho fundamental de la salud de los colombianos. Por el contrario, si no se le concede la autonomía funcional que requiere y termina siendo un “apéndice” de instancias ya existentes, lo que se aportará como solución a la problemática actual será mínima.
Aunque algunos actores del sector ven con escepticismo que esta figura genere reales resultados de impacto en el sistema de salud en la defensa de los reiteradamente vulnerados derechos de los ciudadanos, no puede desconocerse que la creación de esta figura le quita del listado de pendientes del gobierno en el sector salud, uno que debió abordarse desde el año 2007 y que si finalmente se firma ese proyecto por el presidente, la figura del defensor del usuario en Salud se habría salvado…ojalá para salvar a muchos colombianos que lo requieren.
Por Ulahy Beltrán López
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@ulahybelpez








